COLOMBIA - Elaboración y Presentación de Estados Financieros - 2018
ID de Referencia | DAHM-CGM-EPEF-2018 |
Año | 2018 |
País | COLOMBIA |
ID de Referencia | DAHM-CGM-EPEF-2018 |
Productor(es) | Departamento Administrativo de Hacienda Municipal - Alcaldía de Santiago de Cali |
Patrocinador(es) | Departamento Administrativo de Hacienda Municipal - DAHM - |
Metadata | Documentación en PDF |
Creado el:
Jul 10, 2019
Última modificación Jul 10, 2019
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Información general
Identificación
DAHM-CGM-EPEF-2018 |
Información general
INTRODUCCIÓNLos informes financieros representan la salud económica de una entidad, en este caso del municipio de Santiago de Cali. Estos informes, además de mostrar los ingresos y la forma en que se ha invertido y/o gastado los recursos, brindan una visión general de la entidad. Su elaboración contribuye con la funcionalidad en relación a los objetivos de las dependencias y la capacidad de respuesta ante las demandas y obligaciones frente a la comunidad. La capacidad financiera se relaciona directamente con la capacidad de gestión y está a su vez, también determina la eficiencia y eficacia en el manejo de los recursos, determinando credibilidad y gobernabilidad.
De acuerdo con esto, la operación estadística Elaboración y Presentación de Informes Financieros, consolida información sobre los recursos recibidos y generados, durante la gestión de los diferentes organismos que conforman la Alcaldía del Municipio de Santiago de Cali, para la creación y presentación de los informes financieros y contables mensuales.
Lo anterior, se realiza en cumplimiento de las funciones establecidas en el Decreto 0516 de 2016, para el Departamento Administrativo de Hacienda Municipal y específicamente, la Oficina de la Contaduría General del Municipio, en los artículos 67 y 72, respectivamente. El Departamento Administrativo de Hacienda Municipal, como organismo, tiene la función de liderar el seguimiento a las inversiones del Municipio, tanto las de carácter financiero como las de aquellas empresas de distinto orden en las cuales el municipio tenga intereses económicos. A su vez, la Oficina de la Contaduría General del Municipio, como suborganismo, tiene como función llevar la Contabilidad de la Administración Central del Municipio y coordinar su consolidación con los organismos y las entidades agregadas para presentar a las instancias competentes los informes correspondientes dentro de los plazos previstos por la Constitución y la Ley.
La información capturada por esta operación estadística contribuye al cumplimiento de la siguiente meta establecida en el Plan de Desarrollo Municipal 2016 - 2019 “Cali Progresa Contigo”: En el Eje 5. Cali participativa y bien gobernada, Componente: Gerencia pública basada en resultados y la defensa de lo público. Programa: Finanzas públicas sostenibles. Indicador: Cartera recuperada. Meta a 2019: $ 260.000.000.000.
El objetivo de este documento, es definir metodológicamente la operación estadística de la Elaboración y Presentación de Informes Financieros, describiendo sus fuentes de información, cómo se valida y el método general del cálculo para llevarla a cabo. Todo lo anterior, siguiendo los lineamientos del DANE para el diseño de operaciones estadísticas basadas en estadísticas derivadas.
Este documento está compuesto por 2 secciones. En la primera sección se presentan los antecedentes de la operación estadística Elaboración y Presentación de Informes Financieros; en la segunda sección se expone el diseño de la operación estadística, describiendo el diseño temático/metodológico, el método de elaboración de la operación estadística, las herramientas tecnológicas informáticas utilizadas, diseño de métodos y mecanismos para el control de la calidad, diseño del análisis de resultados, diseño de la difusión y procesos de evaluación. Finalmente se encuentra un glosario de términos, la bibliografía utilizada y los anexos.
ANTECEDENTES
La figura del Contador General de la nación en ejercicio de las facultades establecidas en el Artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 del 23 de 1996: Por la cual se desarrolla el artículo 354 de la Constitución Política, se crea la Contaduría General de la Nación como una Unidad Administrativa Especial Adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se dictan otras disposiciones sobre la materia. Y el Decreto 143 de 2004: Por el cual se modifica la estructura de la Contaduría General de la Nación y se determinan las funciones de sus dependencias.
“Habrá un Contador General, funcionario de la rama ejecutiva, quien llevará la contabilidad general de la Nación y consolidará ésta con la de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios “.
A nivel local, el Acuerdo 132 de 2004, creó la Contaduría General del Municipio de Santiago de Cali, adscrita al Departamento Administrativo de Hacienda Municipal, la cual está cargo del Contador General del Municipio. Algunas de las 40 funciones de la Oficina de la Contaduría General del Municipio establecidas en el acuerdo, son las siguientes:
- Elaborar los Estados Financieros de la Administración Central y de las entidades del sector descentralizado y, gestionar el envío a la Contaduría General de la Nación.
- Llevar la Contabilidad del Municipio de Santiago de Cali y sus Entes Descentralizados, para lo cual expedirá los actos necesarios conforme a la Ley para el reconocimiento, registro, y revelación de la información de los organismos del sector Central Municipal.
- Implementar directrices de las normas y procedimientos emitidos por la Contaduría General de la Nación para la elaboración, registro y consolidación del inventario general de los bienes del Municipio.
El marco conceptual, incorporado al Régimen de Contabilidad Pública (RCP), mediante la Resolución 533 de 2015, contiene las pautas conceptuales que deben observarse para la preparación y presentación de la información financiera por parte de las entidades de gobierno. Por otro lado, la Contaduría General de la Nación (CGN) incorporó, mediante la Resolución 620 de 2015, el Catálogo General de Cuentas (CGC) que será utilizado por las Entidades de Gobierno para efectos de registro y reporte de información financiera a la CGN, en las condiciones y plazos que determine este organismo de regulación.
De igual manera, la CGN expidió el Instructivo 002 de 2015, con el fin de orientar a los regulados para la determinación de los saldos iniciales y para la elaboración y presentación de los primeros estados financieros bajo el nuevo Marco Normativo. El Marco Normativo para Entidades de Gobierno es de acceso exclusivo para los usuarios dentro del territorio colombiano y se prohíbe, para cualquier persona natural o jurídica, la reproducción, distribución, modificación y comunicación de estos documentos a través de cualquier modalidad o medio.
La Contaduría General del Municipio de Santiago de Cali, fundamenta su información en el análisis de los diferentes conceptos contables autorizados y aplicados de acuerdo a la normatividad vigente, para entidades de gobierno y bajo los parámetros y procesos establecidos por la Contaduría General de la Nación. Actualmente se articulan esfuerzos, para orientar los estados financieros hacia normas internacionales. Es así, como dentro de la aplicación, se tiene un proceso importante, como es el cálculo del deterioro que aplica para los inventarios y activos sobre la pérdida en el costo reconocido en los registros contables durante un periodo anual o semestral de acuerdo a lo establecido en la política.
En este contexto, la elaboración del informe de estados financieros, es un elemento esencial que permite conocer la dinámica de una Empresa o Entidad, desde su sentido de operatividad en relación con los recursos, nivel de efectividad actual y futura, que da lugar a proyecciones, mejoras y articulación con interesados internos y externos. En este sentido, para el Municipio de Cali, los estados financieros generados a partir del Régimen de Contabilidad Pública en Convergencia con los Estándares Internacionales según Resolución Expedida por la Contaduría General de la Nación (CGN), permite alinearse al cumplimiento de la normatividad para el registro y reporte contable del municipio ante las entidades del orden Nacional (CGN), así como alcanzar las metas establecidas en el Plan de Desarrollo 2016-2019, en lo relacionado con la recuperación de cartera y saneamiento de las finanzas de la Administración Pública, que le permita posicionarse a nivel nacional e internacional, como un Municipio confiable y viable financieramente.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Consolidar la información sobre los recursos recibidos y generados durante la gestión de los diferentes organismos que conforman la Alcaldía del Municipio de Santiago de Cali, para la creación y presentación de los informes financieros y contables mensuales de acuerdo a la normatividad vigente.
Nota:La Normatividad hace referencia a la Resolución 182 de 2017. “Por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la preparación y publicación de los informes financieros y contables mensuales, que deban publicarse de conformidad con el numeral 36 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002”. Establece cuales son los informes financieros y contables que se deben presentar mensualmente, los criterios para el reconocimiento, medición y revelación de estos, el contenido y fecha de publicación. La cual debe ser aplicada a partir del 1 de enero de 2018, según la Contaduría General de la Nación (CGN).
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- Aportar todos los movimientos de la información financiera, realizada de acuerdo a la disposición de los recursos.
- Verificar que la información aportada por los organismos este bien registrada (de acuerdo con el ámbito contable para entidades de gobierno establecido por la contaduría General de la Nación y validado a través del CHIP (Consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública CHIP) y acorde con la normatividad.
- Realizar cierre del sistema financiero teniendo en cuenta la fecha de corte y los ajustes que se requieren.
- Descargar la información financiera del Sistema de Gestión Administrativa y financiero Territorial - SGAFT-SAP para consolidar y validar.
- Construir y publicar los formatos de la información financiera mensual según la norma.
Datos agregados (agg)
ámbito
MARCO DE REFERENCIAA continuación, se relacionan los principios que enmarcan la operación estadística Elaboración y Presentación de Estados Financieros, desde la teoría, conceptos y referentes internacionales y nacionales.
a) MARCO TEÓRICO
La relevancia de los estados financieros en el sector público, se suscribe al modelo de gestión pública denominada Nueva Gestión Pública (NGP), que nace en las últimas décadas del siglo XX como un principio orientador para la modernización de la administración pública, que abarca los principios de la empresa privada. En este sentido, el Informe del Banco Mundial (1997), propone una serie de medidas en la dimensión administrativa, que fomenta la transparencia y la sana competencia.
Los estados financieros en el sector público, es una herramienta esencial en el funcionamiento de las entidades y por ende en su quehacer, así como, en la toma de decisiones y en los procesos de planificación, que le permite el posicionamiento desde el sentido de gobernanza y de transparencia a nivel local ante la ciudadanía, a nivel nacional e internacional ante las instituciones y organismos internacionales.
En este sentido, Cabas y López Hernández (2009), exponen que todo proceso que refiera modificación en la gestión pública, involucra cambios en los sistemas de información contable, teniendo a su vez el objetivo de hacer comparable la información e incrementar la confiabilidad y credibilidad de dicha información. Lo que ha conllevado al establecimiento de un proceso de normalización contable, ésta a su vez, hace que los estados financieros de las entidades públicas logren mayores niveles de transparencia y tiendan o contribuyan a disminuir los niveles de corrupción. Es a partir de esa necesidad que la Federación Internacional de Contadores (IFAC), señaló la necesidad de mejorar la transparencia de los sistemas de información contable públicos, por medio de la divulgación de la información financiera, bajo principios de oportunidad y periodicidad.
Moreno, (2006) define los estados financieros como un documento que debe preparar la empresa al terminar el ejercicio contable, con el propósito de conocer la situación financiera y los resultados económicos obtenidos en las actividades de su empresa a lo largo de un período. Es una representación de la gestión realizada por los administradores con los recursos que se les han confiado.
En cuanto a los objetivos de los estados financieros Gitman (2003), expone que consiste en suministrar información relacionada con la situación financiera, desempeño financiero y la situación de los flujos en efectivo de la entidad, que sea importante y de uso de varios usuarios a la hora de tomar decisiones económicas. Es necesario establecer que la toma de decisiones a nivel económico se refleja en otras dimensiones relacionadas con el quehacer de la organización o la entidad.
Se puede establecer que los estados financieros en el sector de lo público, es un elemento esencial para su funcionalidad y alcance de objetivos, estipulados en los planes estratégicos en pro del bienestar de las comunidades. Direccionado desde la capacidad de gestión y transparencia en el manejo de los recursos, que se representan en el reconocimiento y capacidad de gobernabilidad.
b) MARCO CONCEPTUAL
Los conceptos que se relacionan a continuación se encuentran en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera de las entidades de gobierno (2015). Establecido por la Contaduría General de la Nación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Los cuales aplican para la preparación y presentación de la información financiera:
Definición, Reconocimiento, Medición y Revelación de los elementos que constituyen los estados financieros:
- Activos: Los activos son recursos controlados por la entidad que resultan de un evento pasado y de los cuales se espera obtener un potencial de servicio o generar beneficios económicos futuros. Un recurso controlado es un elemento que otorga, entre otros, un derecho a: a) usar un bien para prestar servicios, b) ceder el uso para que un tercero preste un servicio, c) convertir el recurso en efectivo a través de su disposición, d) beneficiarse de la revalorización de los recursos, o e) recibir una corriente de flujos de efectivo.
- Pasivos: Es una obligación presente producto de sucesos pasados para cuya cancelación, una vez vencida, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos o un potencial de servicio.
- Patrimonio: Comprende el valor de los recursos públicos (representados en bienes y derechos) deducidas las obligaciones, que tiene la entidad de gobierno para cumplir las funciones de cometido estatal. El patrimonio de las entidades de gobierno está constituido por los aportes para la creación de la entidad, los resultados y otras partidas que, de acuerdo con lo establecido en las Normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos, deben reconocerse en el patrimonio.
- Ingresos: Son los incrementos en los beneficios económicos o en el potencial de servicio producidos a lo largo del periodo contable (bien en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como salidas o decrementos de los pasivos) que dan como resultado aumentos del patrimonio y no están relacionados con los aportes para la creación de la entidad.
Los ingresos de las entidades de gobierno surgen de transacciones con y sin contraprestación.
- Gastos: Son los decrementos en los beneficios económicos o en el potencial de servicio producidos a lo largo del periodo contable (bien en forma de salidas o disminuciones del valor de los activos, o bien por la generación o aumento de los pasivos) que dan como resultado decrementos en el patrimonio y no están asociados con la adquisición o producción de bienes y la prestación de servicios, vendidos, ni con la distribución de excedentes.
- Costos: Son los decrementos en los beneficios económicos o en el potencial de servicio producidos a lo largo del periodo contable, los cuales están asociados con la adquisición o producción de bienes y la prestación de servicios, vendidos (con independencia de que, en el intercambio, se recuperen o no los costos) y que dan como resultado decrementos en el patrimonio.
- Reconocimiento de los elementos en los estados financieros: Se denomina reconocimiento al proceso de incorporación, en el estado de situación financiera o en el estado de resultados, de un hecho económico que cumpla la definición de activo, pasivo, patrimonio, ingreso, costo o gasto, que tenga la probabilidad de generar una entrada o salida de beneficios económicos o potencial de servicio asociado y que tenga un valor que se pueda medir con fiabilidad.
- Reconocimiento de activos: Se reconocerán como activos, los recursos controlados por la entidad, que resulten de un evento pasado y de los cuales se espere obtener un potencial de servicio o generar beneficios económicos futuros, siempre que el valor del recurso pueda medirse fiablemente.
-Reconocimiento de pasivos: Se reconocerán como pasivos, las obligaciones presentes que tenga la entidad, que hayan surgido de eventos pasados y que, para liquidarlas, la entidad deba desprenderse de recursos que incorporan un potencial de servicio o beneficios económicos futuros, siempre que el valor de la obligación pueda medirse fiablemente. (Se eliminó párrafo repetido)
- Entidad Contable Pública: Para efectos del SNCP en Colombia, la entidad contable pública es la unidad mínima productora de información que se caracteriza por ser una unidad jurídica y/o administrativa y/o económica, que desarrolla funciones de cometido estatal y controla recursos públicos; la propiedad pública o parte de ella le permite controlar o ejercer influencia importante; predomina la ausencia de lucro y que, por estas características, debe realizar una gestión eficiente; sujeta a diversas formas de control y a rendir cuentas sobre el uso de los recursos y el mantenimiento del patrimonio público. En consecuencia, la entidad contable pública debe desarrollar el proceso contable y producir estados financieros, informes y reportes contables con base en las normas que expida el Contador General de la Nación.
- Proceso contable Se define como un conjunto ordenado de etapas que se concretan en el reconocimiento y la revelación de las transacciones, los hechos y las operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales, que afectan la situación, la actividad y la capacidad para prestar servicios o generar flujos de recursos de una entidad contable pública en particular. Para ello, el proceso contable captura datos de la realidad económica y jurídica de las entidades contables públicas, los analiza metodológicamente, realiza procesos de medición de las magnitudes de los recursos de que tratan los datos, los incorpora en su estructura de clasificación cronológica y conceptual, los representa por medio de instrumentos como la partida doble y la base del devengo o causación en su estructura de libros, y luego los agrega y sintetiza convirtiéndolos en estados, informes y reportes contables que son útiles para el control y la toma de decisiones sobre los recursos, por parte de diversos usuarios.
- Contabilidad e Información Financiera: Se refiere al sistema compuesto por postulados, principios, limitaciones, conceptos, normas técnicas generales, normas técnicas específicas, normas técnicas especiales, normas técnicas sobre revelaciones, normas técnicas sobre registros y libros, interpretaciones y guías que permitan: identificar, medir, clasificar, reconocer, interpretar, analizar, evaluar e informar las operaciones económicas de un ente, de forma clara y completa, relevante, digna de crédito y comparable. (Artículo 3° Ley 1314)
- Aseguramiento de la Información: Al respecto, se refiere al sistema compuesto por normas éticas, normas de control de calidad de los trabajos, normas de auditoría de información financiera histórica, normas de revisión de información financiera histórica, auditoría integral, otras normas de aseguramiento de la información distintas de las anteriores en las cuales se incluyan los principios, conceptos, técnicas, interpretaciones y guías que regulan aspectos tales como: (a) calidades personales y conducta; (b) ejecución del trabajo; y (c) informes de trabajo. La auditoría integral hace referencia al caso en el que hubiere que practicar diferentes auditorías sobre operaciones de un mismo ente. (Artículo 5° Ley 1314)
c) MARCO LEGAL
Constitución Política de Colombia de 1991:
Artículo 354. Habrá un Contador General, funcionario de la rama ejecutiva, quien llevará la contabilidad general de la Nación y consolidará ésta con la de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan, excepto la referente a la ejecución del Presupuesto, cuya competencia se atribuye a la Contraloría. Corresponden al Contador General las funciones de uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el balance general y determinar las normas contables que deben regir en el país, conforme a la ley.
Ley 298 de 1996:
Por la cual se desarrolla el artículo 354 de la Constitución Política, se crea la Contaduría General de la Nación como una Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se dictan otras disposiciones sobre la materia.
- Artículo 1o. Contaduría General de la Nación. A cargo del Contador General de la Nación, créase la Contaduría General de la Nación como una Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con Personería Jurídica, autonomía presupuestal, técnica, administrativa y regímenes especiales en materia de administración de personal, nomenclatura, clasificación salarios y prestaciones.
- Artículo 3o. Funciones del Contador General de la Nación. Al Contador General de la Nación le corresponden las siguientes funciones, entre las que se encuentran:
a) Uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el balance general y determinar las normas contables que deben regir en el país;
b) Llevar la Contabilidad General de la Nación, para lo cual expedirá las normas de reconocimiento, valuación y revelación de la información de los organismos del sector central nacional;
c) Consolidar la Contabilidad General de la Nación con la de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios cualquiera que sea el orden al que pertenezcan, para lo cual fijará las normas, criterios y procedimientos que deberán adoptar los gobernadores, alcaldes y demás funcionarios responsables del manejo de dichas entidades con el fin de adelantar la respectiva fase del proceso de consolidación, así como para la producción de la información consolidada que deberán enviar a la Contaduría General de la Nación;
d) Elaborar el Balance General, someterlo a la auditoría de la Contraloría General de la República y presentarlo al Congreso de la República, por intermedio de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, dentro del plazo previsto por la Constitución Política.
Decreto 143 de 2004:
Por el cual se modifica la estructura de la Contaduría General de la Nación y se determinan las funciones de sus dependencias.
- Artículo 1°. Objetivos. Corresponde a la Contaduría General de la Nación, a cargo del Contador General de la Nación, llevar la contabilidad general de la Nación y consolidarla con la de las entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan. Igualmente, uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el balance general y determinar las normas contables que deben regir en el país, conforme a la ley.
- Artículo 2°. Funciones generales. En cumplimiento del objetivo general fijado en el artículo anterior, corresponden a la Contaduría General de la Nación, las siguientes funciones, entre los que se encuentran:
1. Determinar las políticas, principios y normas sobre contabilidad, que deben regir en el país para todo el sector público.
2. Establecer las normas técnicas generales y específicas, sustantivas y procedimentales, que permitan uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública.
3. Llevar la contabilidad general de la Nación, para lo cual expedirá las normas de reconocimiento, registro y revelación de la información de los organismos del sector central nacional.
4. Conceptuar sobre el sistema de clasificación de ingresos y gastos del presupuesto general de la Nación, para garantizar su correspondencia con el plan general de contabilidad pública. En relación con el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público garantizará el desarrollo de las aplicaciones y el acceso y uso de la información que requiera el Contador General de la Nación para el cumplimiento de sus funciones.
5. Señalar y definir los estados financieros e informes que deben elaborar y presentar las entidades y organismos del sector público, en su conjunto, con sus anexos y notas explicativas, estableciendo la periodicidad, estructura y características que deben cumplir.
Resolución 533 de 2015:
Por la cual se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable a entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones.
- Artículo 1°. Incorporar, como parte integrante del Régimen de Contabilidad Pública, la estructura del Marco normativo para entidades de gobierno, la cual está conformada por: el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera; las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos; los Procedimientos Contables; las Guías de Aplicación; el Catálogo General de Cuentas y la Doctrina Contable Pública.
- Artículo 2°. Ámbito de aplicación. El Marco normativo para entidades de gobierno incorporado en el artículo 1e de la presente Resolución será aplicado por las entidades de gobierno que se encuentran bajo el ámbito del Régimen de Contabilidad Pública.
- Artículo 3°. Incorporar, en el Marco normativo para entidades de gobierno, et Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, dispuestos en el anexo de la presente Resolución.
Instructivo 002 de 2015:
Instrucciones para la transición al Marco Normativo para Entidades de Gobierno, sujetas al ámbito de la aplicación de la Resolución 533 de 2015, para la determinación de los saldos iniciales bajo el nuevo marco normativo, así como para la elaboración y presentación de los primeros estados financieros.
Resolución 620 de 2015:
Por el cual se incorpora el Catálogo General de Cuentas al Marco Normativo para entidades del gobierno.
- Artículo 1. Incorporar, en el marco normativo para entidades del gobierno, el Catálogo General de Cuentas dispuesto en el anexo de la presente Resolución, conformada por la estructura y las inscripciones y dinámicas, el cual corresponderá a la versión 2015.1 y será publicado en la página web de la Contaduría General de la Nación.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación. El Catálogo General de Cuentas dispuesto en el Anexo de la presente Resolución, será aplicado por entidades que se encuentran bajo el ámbito del Régimen de Contabilidad Pública y que están sujetas a la Resolución 533 de 2015, para el registro de los hechos económicos y el reporte de información financiera a la Contaduría General de la Nación, en las condiciones y plazos que determine este organismo de regulación.
Resolución 113 de 2016:
Por la cual se incorpora la Norma de impuesto a las ganancias y se modifica la Norma de acuerdos de concesión desde la perspectiva de la entidad concedente, en las Normas para el Reconocimiento, Medición, Presentación y Revelación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno del Régimen de Contabilidad Pública.
Resolución 468 de 2016:
Por medio de la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno. Estableciendo su respectivo código y denominación.
Resolución 693 de 2016:
Por la cual se modifica el cronograma de aplicación del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, incorporado al Régimen de Contabilidad Pública mediante la Resolución 533 de 2015, y la regulación emitida en concordancia con el cronograma de aplicación de dicho Marco Normativo.
- Artículo 1. Modifíquese el artículo 4 de la Resolución 533 de 2015, por la cual se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativo aplicable a Entidades de Gobierno y se dictan otras disposiciones, el cual quedará así:
- Artículo 4. Cronograma. El cronograma de aplicación del marco normativo anexo a la presente resolución, comprende dos periodos: preparación obligatoria y primer periodo de aplicación.
Periodo de preparación obligatoria. Es el comprendido entre la fecha de publicación de la presente Resolución y el 31 de diciembre de 2017. En este período, las entidades formularán y ejecutarán, bajo el liderazgo de la alta dirección, los planes de acción relacionados con la preparación para la implementación obligatoria del Marco normativo, teniendo en cuenta los plazos y requisitos que establezca la CGN.
Primer periodo de aplicación. Es el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018. Durante este periodo, la contabilidad se llevará bajo el nuevo marco normativo para todos los efectos, A 31 de diciembre de 2018, las entidades presentarán los primeros estados financieros con sus respectivas notas bajo el nuevo marco normativo, así:
a. Estado de situación financiera a 31 de diciembre de 2018
b. Estado de resultados del I de enero al 31 de diciembre de 2018
c. Estado de cambios en el patrimonio del 1 de enero al 31 de diciembre del 2018
d. Notas a los estados financieros.
Parágrafo 1. Los estados financieros presentados en el primer periodo de aplicación (a 31 de diciembre de 2018) no se compararán con los del periodo anterior.
Resolución 484 de 2017:
Por la cual se modifican el anexo de la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y el artículo 42 de la Resolución 533 de 2015, y se dictan otras disposiciones.
- Artículo 1º. Modificar el anexo de la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, las cuales quedarán tal y como se describen textualmente en el anexo que hace parte integral de la presente Resolución.
- Artículo 2º. Modificar el artículo 4º de la Resolución 533 de 2015, por la cual se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativo aplicable a Entidades de Gobierno y se dictan otras disposiciones, el cual quedará así:
- Artículo 4º. Cronograma. El cronograma de aplicación del Marco Normativo anexo a la presente resolución comprende dos periodos: preparación obligatoria y primer periodo de aplicación. Periodo de preparación obligatoria. Es el comprendido entre la fecha de publicación de la presente Resolución y el 31 de diciembre de 2017. En este periodo, las entidades formularán y ejecutarán, bajo el liderazgo de la dirección, los planes de acción relacionados con la preparación para la implementación obligatoria del Marco Normativo, teniendo en cuenta los plazos y requisitos que establezca la CGN.
Primer periodo de aplicación. Es el comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018. Durante este periodo, la contabilidad se llevará bajo el nuevo Marco Normativo para todos los efectos. A 31 de diciembre de 2018, las entidades presentarán los primeros estados financieros con sus respectivas notas bajo el nuevo Marco Normativo, así:
a. Estado de situación financiera a 31 de diciembre de 2018
b. Estado de resultados del 1º de enero al 31 de diciembre de 2018
c. Estado de cambios en el patrimonio del 1º de enero al 31 de diciembre del 2018
d) REFERENTES INTERNACIONALES
La Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas, en el documento Estados Financieros en las Administraciones Públicas (2017), relaciona la importancia de desarrollar un sistema contable de la Administración Pública, bajo principios internacionales que permitan altos niveles de credibilidad y confianza, que conlleven a estados contables fieles a la realidad y con sentido de gobernabilidad y transparencia.
En este sentido referencia La Ley General Presupuestaria en su Art. 120 donde señala que la contabilidad del sector público estatal debe permitir el cumplimiento de los siguientes fines de gestión, de control y de análisis e información:
1. Mostrar la ejecución de los presupuestos, poniendo de manifiesto los resultados presupuestarios, y proporcionar información para el seguimiento de los objetivos previstos en los Presupuestos Generales del Estado.
2. Poner de manifiesto la composición y situación del patrimonio, así como sus variaciones, y determinar los resultados desde el punto de vista económico patrimonial.
3. Suministrar información para la determinación de los costes de los servicios públicos.
4. Proporcionar información para la elaboración de todo tipo de cuentas, estados y documentos que hayan de rendirse o remitirse al Tribunal de Cuentas y demás órganos de control.
5. Suministrar información para la elaboración de las cuentas económicas de las Administraciones públicas, sociedades no financieras públicas e instituciones financieras públicas, de acuerdo con el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.
6. Proporcionar información para el ejercicio de los controles de legalidad, financiero, de economía, eficiencia y eficacia.
7. Suministrar información para posibilitar el análisis de los efectos económicos y financieros de la actividad de los entes públicos.
8. Suministrar información económica y financiera útil para la toma de decisiones.
9. Suministrar información útil para otros destinatarios.
Estos principios correlacionan el quehacer de la parte contable en el sector público, desde la dimensión técnica del registro de la dinámica financiera de las dependencias que conforman la Administración Pública, la rendición de cuentas ante los entes de control, así como su funcionalidad en la toma de decisiones y la transparencia en el suministro de información.
Montiel, (2016) en su trabajo de grado Análisis Financieros para una Adecuada Toma de Decisiones, establece que los estados financieros son informes que permiten conocer la situación y perspectiva, económica y financiera de la empresa, así como los cambios que experimenta la misma en una fecha o periodo determinado. Además de proporcionar información de los recursos con los que cuenta, los resultados que ha obtenido, la rentabilidad generada, las entradas y salidas de efectivo.
Para la correcta toma de decisiones, referencia a Reyes (2014), sobre los principales estados financieros:
- El balance general: Informe que representa la situación financiera de una empresa, e incluye el valor de los bienes y derechos que posee (activos), el de las obligaciones por financiamientos (pasivos) y la aportación de los dueños del negocio (capital).
- El estado de resultados: Son Informes que muestran los ingresos y egresos de una empresa como consecuencia de su actividad preponderante.
- Estado de variaciones en el capital contable: Es el informe que muestra los cambios al capital contribuido, o en su caso al capital obtenido de la empresa.
- Estado de cambios en la situación financiera: Este Informe es el que muestra los aumentos o disminuciones del efectivo provocados por las disminuciones de los activos de la empresa, el incremento de pasivos o por incrementos al capital contable.
De las conclusiones se pueden resaltar los siguientes aspectos:
- El análisis financiero es un instrumento de planificación, proyección y control.
- Para la toma de decisiones debe existir un equipo confiable, que va desde las personas que generan la información contable hasta el encargado de establecer los cambios.
- Para el trabajo en equipo se debe propender por la armonía laboral, la motivación y el reconocimiento de la labor que se ejecuta.
- La contabilidad debe estar a cargo de una persona que conozca los requerimientos y principios normativos, para la adecuada elaboración y presentación de los estados financieros.
e) REFERENTES NACIONALES
Tamayo, en el documento Importancia de los Estados Financieros en el Entorno de las Finanzas Contemporáneas, tiene como tema de investigación demostrar si los Estados Financieros que valiosamente se han implementado desde hace mucho tiempo, continúan siendo relevantes para la aplicación de nuevos métodos de toma de decisiones en un mundo de alta competitividad y concentración de la producción.
El documento se centra en dos ejes:
1. Importancia de los estados financieros y su efecto en la toma de decisiones.
2. Manejo de las finanzas contemporáneas.
En relación a los estados financieros, expone que el sistema consta de cuatro elementos primordiales:
- Entradas: todo sistema recibe entradas o insumos del ambiente circundante. Mediante las entradas (inputs) el sistema consigue los recursos e insumos necesarios para su alimentación y nutrición.
- Procesamiento: es el núcleo del sistema; transforma las entradas en salidas o resultados. Regularmente, lo constituyen subsistemas especializados en procesar cada clase de recurso o insumo recibido por el sistema.
- Salidas: son el resultado de la operación del sistema. Mediante éstas (outputs) el sistema envía el producto resultante al ambiente externo.
- Retroalimentación: es la acción que las salidas ejercen sobre las entradas para mantener el equilibrio del sistema.
En su argumentación puntualiza en el aspecto de la sistematización de la información, la cual se ha convertido en una de las principales herramientas de todas las actividades técnicas, científicas, comerciales, financieras y de servicios. El sentido de lograr procesar la información, la velocidad y la eficiencia de obtener datos procesados ordenados de cualquier índole, hacen que su uso sea cada vez mayor, de allí la importancia que la persona encargada de adelantar dicha actividad se actualice continuamente en el tema tecnológico. Otra ventaja de contar con la contabilidad sistematizada en la seguridad y confidencialidad de la información.
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REFERENCIAS
- El Marco Conceptual para la Información Financiera con Propósito General de las Entidades del Sector Público. 2013. Historia del Marco Conceptual.
- Los Estados Financieros en las Administraciones Públicas. 2017. Documento AECA Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas. Madrid.
- Molina, Sánchez Horacio. 2014. Documento de Orientación Técnica 002. Orientaciones Técnicas sobre Aplicación de las NIIF Completas. Marco Conceptual. Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
- Montiel, Pérez Anabel. (2016). Monografía Análisis Financiero para una Adecuada Toma de Decisiones. Universidad Veracruzana. Sistema de Enseñanza Abierta.
- Pérez Flores, Sandra Lissette. 2009. Tesis Análisis e Interpretación de Estados Financieros en una Empresa de Servicios de Investigación de Mercado. Universidad de San Carlos de Guatemala. Facultad de Ciencias Económicas
- Sanz, Santolaria Carlos Javier. Importancia de los Estados Financieros en el Entorno de las Finanzas Contemporáneas. Departamento de Contabilidad y Finanzas. Universidad de Zaragoza.
- Sierra, González, Ernesto M. Rico, Bonilla Carlos O. 2004. Reflexiones sobre el marco conceptual de la contabilidad financiera: El caso de Colombia. INNOVAR, Revista de Ciencias Administrativas y Sociales. Nro. 23.
- Tamayo, Luís Aníbal. Importancia de los Estados Financieros en el Entorno de las Finanzas Contemporáneas.
Tema | Vocabulario | URI |
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Situación económica e indicadores [1.2] | CESSDA | |
Política económica [1.3] | CESSDA |
Cobertura
MunicipalMunicipal
La información financiera del municipio de Santiago de Cali
Productores y Patrocinadores
Nombre | Dependencia |
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Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | Alcaldía de Santiago de Cali |
Nombre | Dependencia | Rol |
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Lucila Cecilia Herrera Mosquera | Departamento Administrativo de Hacienda Municipal |
Nombre | Abreviación | Rol |
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Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | DAHM |
Producción del metadato
Nombre | Abreviación | Dependencia | Rol |
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Cristian Fernando Vallejo González | CFVG | Departamento Administrativo de Planeación Municipal | Documentador |
Lucila Cecilia Herrera Mosquera | LCHM | Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | Elaboración de documento metodológico |
COL-CALI-DAHM-EPEF-2018