DAHM-SIR-RICRSIIC-2018
Registro de inscripción de contribuyentes al régimen simplificado del impuesto de industria y comercio-2018
RICRSIIC
Nombre | Código de país |
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COLOMBIA | COL |
Registros administrativos, otros (ad/oth]
PRESENTACIÓN
El Departamento Administrativo de Hacienda Municipal alineado con las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal 2016-2019 en su Eje Cali participativa y bien gobernada,tiene entre sus funciones la administración de los tributos que comprende su recaudación,fiscalización,liquidación,discusión,cobro,devolución, sanción y todos los demás aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Consecuente con la necesidad de brindar información oportuna, confiable y eficiente para la administración municipal y los organismo que la requieran para la toma de decisiones,lidera el diseño y administración de instrumentos de presentación y declaración para los impuestos,tasas y contribuciones del orden municipal. Instrumentos que facilitan la captura de información para la producción,análisis y generación de informes ,que permitan controlar y monitorear el comportamiento de los diferentes tributos a su cargo;entre ellos la inscripción de personas naturales al régimen simplificado del Impuestos de Industria y Comercio.
Por lo anterior,el Departamento de Hacienda Municipal brinda facultades dentro del marco legal a la Subdirección de Impuestos y Rentas para elaborar y mantener actualizada la base de datos de los contribuyentes,según los diferentes impuestos municipales establecidos en el Estatuto Tributario Municipal,regule y elabore lineamientos de control y fiscalización para el proceso de gestión tributaria.
Por tal razón,el siguiente documento metodológico es una hoja de ruta para el organismo y la alcaldía de Santiago de Cali,en el cual se recoge la información necesaria para comprender el funcionamiento y estructura del registro administrativo de la Inscripción de contribuyentes al régimen simplificado del impuesto de Industria y Comercio,brinda información de las características de captura,recolección y uso estadístico de este registro administrativo.
INTRODUCCIÓN
En coherencia con el inicio de la modernización del sistema tributario colombiano en la década de los 80´s con cambios que se profundizaron a partir de la constitución de 1991 con la creación o adopción de Impuestos directos e indirectos, ha exigido al mismo Estado y entes territoriales la creación de instrumentos para el control y reducción de los niveles de evasión. Cambios que han delegado la responsabilidad a los contribuyentes de sus propias actuaciones y compromisos tributarios, que generen mejores recaudos tributarios para el Estado, para apalancar los planes de desarrollo y crecimiento del país.
El régimen simplificado del impuestos de Industria y Comercio en coherencia con las actualizaciones al Estatuto Tributario Municipal y su implementación por parte de los entes territoriales, hace parte de este grupo de tributos que son necesarios evaluar y determinar su importancia a partir de la captura como registro administrativo. Utilizando como marco de referencia la caracterización y documentos metodológicos de otros registro administrativos, este documento recoge el procedimiento de captura y medición de los contribuyentes inscritos al régimen simplificado de Industria y Comercio, y describe el proceso de producción estadística, de recolección, métodos de control de calidad y procesamiento de datos.
A la fecha la información capturada por esta operación estadística basada en registros administrativos contribuye al cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal 2016-2019 en su Eje Cali participativa y bien gobernada el cual pretende implantar un modelo de gestión que pone como centro de atención al ciudadano, brindándole servicios de calidad, facilitando su acceso a servicios en línea y estimulando su participación en los asuntos públicos de modo que este contribuya en los procesos de transformación del Municipio entre estos la creación de valor público,por su parte otra de las metas es el seguimiento de los ingresos y gastos el cual pretende fomentar el pago oportuno de los contribuyentes y fortalecer la cultura tributaria.
Este documento está organizado en un primer capítulo que comprende los antecedentes del registro administrativo, seguido del segundo capítulo que contiene el diseño de la operación estadística dividido entre el diseño temático/metodológico y el diseño estadístico,el tercer capítulo presenta la documentación relacionada y finalmente se encuentra un glosario de términos, bibliografía utilizada y los anexos pertinentes.
ANTECEDENTES
El régimen simplificado es una legislación tributaria especial colombiana que se aplica a personas con características particulares, denominadas “pequeños comerciantes”, para determinar el pago que éstas deben hacer, por concepto de impuestos al Estado.
En Colombia el registro de la inscripción de contribuyentes al régimen simplificado se remonta al periodo comprendido entre 1984-1991 periodo que permitió implementar instrumentos decisivos para la estructura del sistema tributario colombiano. En el año 1984 el sector comercial empezó a ser gravado a través del IVA debido a que antes de este año el sector estaba formado por una sola fase lo cual estaba propiciando la informalidad económica en el país .
A través del Decreto Extraordinario No. 0203 de 2001, en el libro cuatro, título 1, capítulo 1, se le otorgó al Departamento Administrativo de Hacienda Municipal la misión de la administración financiera del municipio, la generación de los recursos necesarios para el cumplimiento de los planes y metas de desarrollo y los programas de gobierno, y la responsabilidad de realizar el recaudo y consolidación de los gravámenes, tributos, contribuciones, tasas, tarifas y derechos. Años después en el artículo 94 del Acuerdo 321 de 2011, del Estatuto Tributario Municipal, posteriormente modificado por el Acuerdo 338 de 2012, se establecieron los códigos de actividad y las tarifas del Impuesto de Industria y Comercio, así como la clasificación entre contribuyentes del régimen simplificado y los contribuyentes del régimen común.
Seguido de lo anterior, en el Decreto No. 411.020.0259 de 2015 se compilaron los acuerdos 0321 de 2011, 0338 de 2012, 0339 de 2013, 0346 de 2013, 0357 de 2013 y el 0380 de 2014, que conforman el estatuto tributario municipal y a través de la Resolución 4131.1.12.6-2472/2013, la Subdirección de Impuestos y Rentas definió el formulario electrónico para la inscripción de contribuyentes al régimen simplificado del impuesto de industria y comercio.
Como respuesta a este acuerdo, esta Subdirección, a través de la Resolución 4131.1.12.6 – 0436 del 19 de abril de 2013, por medio de la cual se establece el formulario de inscripción de contribuyentes al Régimen Simplificado del Impuesto de Industria y Comercio, se señala el plazo y el procedimiento para la respectiva inscripción. Seguidamente en el 2014 la Subdirección emitió una nueva Resolución, la 4131.1.12.10 – 1612, donde se estableció que la inscripción se debía realizar a través de un aplicativo web, especificando nuevamente los pasos que debía seguir el ciudadano para diligenciar el formulario, presentando además la forma en la que aparece el formulario en el sistema y su respectiva guía de diligenciamiento.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Proporcionar información básica sobre el tamaño y estructura (Ingresos, actividad económica, sectores, comunas) de los contribuyentes inscritos al régimen simplificado del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) en el municipio de Santiago de Cali, y suministrar herramientas para realizar el proceso de fiscalización.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Operación estadística basada en registros administrativos (adm)
Unidad de observación:Personas
Unidad de análisis: caracterización de persona y caracterización actividad económica
MARCO DE REFERENCIA
a) MARCO TEÓRICO
Según los libros de historia, el principio básico de la tributación se encuentra en las razones del origen del mismo Estado. La palabra “Estado” tiene sus orígenes a partir de la doctrina política expuesta en la obra “El Príncipe” por Nicolás Maquiavelo entre 1500 y 1513. Desde este momento, diferentes pensadores, académicos, políticos entre otros, desarrollaron y establecieron sus respectivos conceptos y formas de Estado, con base a visiones y leyes que les ayudaran a materializar revoluciones y cambios de tipo político, económico y social.
Para Colombia, la Constitución Política institucionalizó desde su primer artículo la conformación de un Estado organizado en forma de República, desde entonces el país ha encaminado su labor en lograr un Estado que goce de libertad, independencia política, administrativa y fiscal; esta última definida y materializada a través del Estatuto Tributario Nacional mediante el Decreto 624 del 30 de marzo de 1989, que recogió la normatividad impositiva nacional dispersa en el ordenamiento jurídico.
Las disposiciones plasmadas en el Estatuto Tributario Municipal, cuentan con una estructura conceptual y normativa para que el país y las administraciones públicas encargadas de la administración tributaria, cualquiera que sea su estructura económica, su ordenamiento institucional o su nivel de desarrollo, puedan seleccionar del mismo estatuto, aquellas partes que consideren más pertinentes y útiles para su aplicación a la luz de sus propias necesidades y capacidades (Herramientas gestión tributaria, 2017).
Estos lineamientos favorecieron la creación de dos regímenes y/o tipo de contribuyentes con características y particularidades diferentes pero obligados a tributar, el régimen simplificado y el régimen común. El régimen simplificado, nace como un beneficio tributario para las personas naturales, cuando estas cumplen las condiciones establecidas en el mismo Estatuto Tributario Nacional. Bajo este contexto, la identificación, clasificación y captura de información de contribuyentes inscritos a este régimen, se convierte en un registro administrativo, con un potencial de uso estadístico, que permite crear indicadores de evaluación y control tributario para la optimización de recursos por parte de las dependencias encargadas de la administración y fiscalización tributaria.
b) MARCO CONCEPTUAL
El registro de los contribuyentes del régimen simplificado siguen los lineamientos y normativa establecida en el Estatuto Tributario Nacional, normas y disposiciones que pueden ser adoptadas por las entidades territoriales acorde a su organización y estructura tributaria y fiscal. Por tanto, las definiciones se elaboran dentro de un marco legal soportado en los manuales de fiscalización y procedimientos elaborados por el Ministerio de Hacienda Pública y Crédito a través de la Dirección General de Apoyo Fiscal. Los siguientes conceptos son los utilizados por el registro administrativo:
SUJETO. Obligado / Persona / titular de un derecho u obligación
SUJETO ACTIVO. Sobre quien recae la obligación de recaudar el impuesto declarar y pagar.
TÉRMINO. Momento en que un acto jurídico debe comenzar a producir o dejar de producir sus efectos característicos. Denominase también plazo.
USUARIOS Y/O GRUPOS DE INTERÉS. Organización, entidad o persona que recibe un producto o un servicio.
VIGENCIA. Calidad de vigente de una ley. En vigor, o sea, con fuerza de obligar.
SANCIÓN. Es la pena que lleva aparejada la existencia de una infracción. Esta sanción es la reacción del ordenamiento jurídico ante un ilícito tributario, con una finalidad punitiva y ejemplarizante, es decir, considerando la sanción como una pena o castigo al infractor. Las sanciones tributarias son impuestas por los órganos de la administración tributaria.
OMISO. Contribuyente que no ha cumplido con el deber formal de presentar las declaraciones y formularios a las cuales está obligado a presentar y en las fechas estipuladas, los tributos municipales.
OBLIGACIÓN TRIBUTARIA. Es aquella por la cual un sujeto (pasivo) se encuentra obligado mediante la ley, dar determinada cantidad de dinero (prestación) a un ente público (sujeto activo) a título de impuestos, una vez verificado de determinado presupuesto fáctico (hecho imponible).
LIBRO DE CONTABILIDAD. Grupo de documentos que contienen asientos contables, generalmente siguiendo el Procedimiento de partida doble, y que forman un todo indisoluble a efectos de documentación o registro. Los libros contables por excelencia son el diario y el mayor, si bien pueden desdoblarse en libros auxiliares, según el detalle requerido por el comerciante en sus operaciones.
INGRESOS. Son los recursos financieros que se obtienen de modo eventual y que alteran la situación patrimonial del Estado. Provienen de la venta de activos (inmuebles, terrenos, maquinarias), las amortizaciones por los préstamos concedidos (reembolsos), la venta de acciones del Estado en empresas, ingresos por intereses de depósitos y otros Ingresos de Capital.
IMPUESTO. Ingreso público creado por ley y obligatorio para los contribuyentes contemplados en la misma siempre que exista la obligación que lo determina.
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Impuesto de orden municipal que recae en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicio, que sean ejercidas directa o indirectamente por personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho, ya sea que se cumplan de forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos Lo rige la ley 14 de 1983, Acuerdo 35 de 1985 y Decreto 523 de 1999.
EXONERACIÓN. Dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria, concedida por el Poder Ejecutivo, en los casos autorizados por la Ley.
CALENDARIO TRIBUTARIO: Cronograma o listado de fechas establecidas por la autoridad tributaria para el cumplimiento de ciertas obligaciones a cargo de los administrados, así como la presentación de declaraciones, el pago oportuno de los impuestos o el suministro de información solicitada por vía general y que es publicado para conocimiento general de los ciudadanos y para facilitar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias.
CERTIFICADO. Documento, generalmente de carácter público, pero que también puede ser privado por el que se acredita o atestigua un hecho del cual lo suscribe y tiene conocimiento.
BASE LEGAL: Son las leyes, reglamentos y decretos emitidos de acuerdo a las políticas del gobierno.
ACTIVIDAD DE SERVICIO. Ley 14 de 83 art. 32 Son aquellas destinadas a las tareas, labores o trabajo ejecutado por personas naturales o jurídicas, por sociedades, entidades oficiales o públicas, sin que medie la relación laboral con quien los contrata, que genere contraprestación en dinero o en especie y que se concrete en obligación de hacer, sin importar que en ellas predomine el factor material o intelectual para satisfacer las necesidades de la comunidad.
ACTIVIDAD ECONÓMICA: Ocupación que realiza el hombre para satisfacer necesidades e intereses en el contexto de una economía determinada y de una civilización: agrícolas, de minería, industriales y de servicio-comercio.
ACTIVIDAD INDUSTRIAL: Es actividad industrial, la producción, extracción, fabricación, manufactura, confección, preparación, reparación, ensamblaje de cualquier clase de materiales o bienes y en general cualquier proceso de transformación por elemental que éste sea.
ACTIVIDAD COMERCIAL. Es actividad comercial, la destinada al expendio, compraventa o distribución de bienes y mercancías, tanto al por mayor como al por menor y las demás actividades definidas como tales por el Código de Comercio, siempre y cuando no estén consideradas por la Ley como actividades industriales o de servicios.
RÉGIMEN SIMPLIFICADO. Personas naturales categorizados como pequeños comerciantes que están clasificados de acuerdo a unos requisitos, los cuales gozan de un tratamiento de excepción tributaria por parte de la administración local encargada del tributo.
c) MARCO LEGAL
La normatividad que regula la clasificación y registro administrativo de inscripción de contribuyentes al régimen simplificado está sustentada por el Estatuto Tributario Nacional, estas disposiciones son adoptadas por la Alcaldía de Santiago de Cali a través del Acuerdo 0321 de 2011.
El Acuerdo 0321 de 2011, “Por medio del cual se estructura el Estatuto Tributario Municipal”.
Resolución 4131.1.12.6 – 0436 del 19 de abril de 2013, “Por medio del cual se establece el formulario de inscripción al Régimen Simplificado del Impuesto de Industria y Comercio, se señala el pazo y el procedimiento para la respectiva inscripción”.
Resolución 4131.1.12.10 – 1612 de 2014, “Por medio de la cual se modifica la resolución 4131.1.12.6-436 de abril 19 de 2013 “por medio de la cual se establece el formulario de inscripción al régimen simplificado del impuesto de industria y comercio, se señala el plazo y el procedimiento para la respectiva inscripción”.
Decreto No. 411.020.0259 de 2015, “Por el cual se compilan los acuerdos 0321 de 2011, 0338 de 2012, 0346 de 2013, 0357 de 2013 y el 0380 de 2014, que conforman el estatuto tributario municipal”
Artículo 90 del Acuerdo 0321 de 2011, “Establece la clasificación de los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio en el Municipio de Santiago de Cali en dos (2) regímenes a saber ,régimen ordinario y régimen simplificado”.
d) REFERENTES INTERNACIONALES
En el contexto latinoamericano se encuentran los países que cuentan con regímenes especiales de tributación ,en esta sección se describen específicamente los países que captan el registro del tributo dentro de la clasificación del Régimen Simplificado.
e) REFERENTES NACIONALES
La Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en desarrollo de las funciones de asesoría y asistencia técnica que hacen parte de sus competencias, entregó a todas las entidades territoriales un manual de fiscalización que reúne textos sistemáticos, comprensibles y didácticos con los pasos, competencias y actores del proceso de fiscalización para control, determinación y clasificación tributaria y seguimiento de los sujetos pasivos obligados a tributar.
Los convenios o tratados internacionales, ratificados por Colombia en términos de control tributario, son parte de la legislación interna. Desde el punto de vista formal, los tratados no son fuente, pues su eficacia depende de la ratificación a través de una ley interna; no obstante, en sentido sustancial, son verdadera fuente del derecho, ya que la ley que los aprueba y pone en vigor, se limita usualmente a poner en vigor la convención (Memoria sobre la Administración y Sistema Tributario Colombia SULMA PATRICIA GUZMAN ESPINEL , 2007)
REFERENCIAS
Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU), Departamento de Asuntos Económicos y Sociales División de Estadística, Informes estadísticos Serie M, No. 4/Rev. 4 (2009).Naciones Unidas.Recuperado de https://unstats.un.org/unsd/publication/seriesm/seriesm_4rev4s.pdf
DANE. ( 2011). Obtenido de http://www.dane.gov.co/
Decreto Extraordinario 259 de 2015.Alcaldia Santiago de Cali, Cali.
Douglas A., L., Wathen, S. A., & Marchal, W. G. (2012). Estadística aplicada a los negocios y la Economía. México: Mc Graw Hill.
Eduardo, L. (2008). Técnicas de Medición Económica (4 Edición ed.). Bogotá: Alfaomega Colombiana.
Formato de Inscripción al régimen simplificado del impuesto de Industria y Comercio, Alcaldia deSantiago de Cali http://www.cali.gov.co/hacienda/publicaciones/50930/formato_inscripcin_al_rgimen_simplificado_del_impuesto_de_industria_y_comercio_1/
González,D. (2006) Regimenes especiales de tributación para pequeños contribuyentes en América Latina,recuperado el 25 de Julio de 2018 en https://www.cepal.org/ilpes/noticias/paginas/2/27472/Dario Gonzalez Fiscalidad de la PYME en AL.pdf
Manual de Fiscalización Para Entidades Territoriales. (2007). Bogotá D.C., Colombia.
Syphus, S. (2012). SAS Enterprise Guide 1: Querying and Repornting. Estados Unidos.
Tema | Vocabulario |
---|---|
COMERCIO, INDUSTRIA Y MERCADOS [2] | CESSDA |
La cobertura geográfica es Municipal.
Municipio, área (rural y urbana), comuna y corregimiento.
Contribuyentes que desarrollen alguna actividad industrial, comercial o de servicios en el Municipio de Santiago de Cali.
Nombre | Afiliación |
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Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | Alcaldía de Santiago de Cali |
Nombre | Afiliación |
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Maricel Borja Barona | Departamento Administrativo de Hacienda Muncipal |
Hugo Raúl Ruano | Departamento Administrativo de Hacienda Muncipal |
Nombre | Abreviatura / Sigla |
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Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | DAHM |
La operación estadística de Inscripción de contribuyentes al régimen simplificado del impuesto de industria y comercio utiliza como fuente el Formulario de inscripción al régimen simplificado de Industria y Comercio contemplado en el Modelo de Operación por Procesos MOP con el código MAHP03.01.02.18.P02.F01
La estructura del Formulario de Inscripción al régimen simplificado de industria y comercio registrado en el Modelo de Operación por Procesos con el código MAHP03.01.02.18.P10.F01 está compuesta por los siguientes módulos.
Módulo A.Datos del Contribuyente:Esta sección captura los datos de identificación y ubicación del contribuyente que se está registrando.
Módulo B.Datos de Establecimiento de comercio:En este apartado se registra el nombre ,dirección y comuna , al igual que el número y la fecha de matrícula mercantil y la fecha de inicio de actividades .
Módulo C .Datos de Actividad Económica-Clasificación de Actividad de Industria y Comercio:En esta sección se debe registrar el código de actividad ICA y código de actividad CIIU al que corresponde la actividad que realiza el establecimiento.
Módulo D.Información ingresos brutos: En esta sección se debe relacionar el total de ingresos percibidos durante el año inmediatamente anterior correspondientes a la actividad económica ejercida por el establecimiento.
Módulo E. Firmas:En este apartado deben ir registradas la firma del contribuyente (persona natural), el nombre ,tipo de documento y número correspondiente ,así mismo debe registrarse la firma ,nombre ,c.c y número de cc. de la persona que realiza el trámite,aclarando que puede ser el mismo contribuyente u otra persona autorizada.
VARIABLES
A continuación, se presentan las variables utilizadas en el registro, a partir de los campos del formato de Inscripción al régimen simplificado del Impuesto de Industria y Comercio.
Número de Identificación: Indica el número de documento que identifica al contribuyente Este campo no es susceptible de corrección, por lo tanto, si existe un error en el mismo, deberá dirigirse un oficio a la Unidad de Atención al Contribuyente de la Subdirección de Impuestos y Rentas Municipales, donde argumente el motivo de la solicitud.
Apellidos: Corresponde al (los) apellidos del Contribuyente como aparece en el documento de identificación.
Nombres: Corresponde al (los) nombre del Contribuyente como aparece en el documento de identificación.
Dirección para Notificaciones: Hace referencia a la dirección en la cual se pueda localizar para todos los efectos legales del contribuyente.
Correo Electrónico: corresponde a la dirección de correo electrónico en la cual el contribuyente, desea recibir información emitida por la Administración Municipal.
Teléfono Fijo: Corresponde al número telefónico del domicilio principal del contribuyente o donde se pueda establecer comunicación telefónica con el mismo.
Teléfono Móvil: se debe referenciar el número en el cual el contribuyente desea recibir información emitida por la Administración Municipal.
Fax: se refiere al número de fax en el cual contribuyente desea recibir información emitida por la Administración Municipal.
Nombre comercial del establecimiento: se refiere al nombre comercial que asignó al establecimiento que registró en la Cámara de Comercio de Cali. En caso de no tener nombre comercial, escriba se escribe el nombre del Contribuyente titular del establecimiento.
Dirección del Establecimiento: se refiere a la dirección donde está ubicado el establecimiento del Contribuyente.
Comuna: se refiere a la comuna a la que pertenece la dirección del domicilio principal del establecimiento de las 22 comunas del municipio de Santiago de Cali, diligenciado en el campo 10 del formulario.
Número de Matrícula mercantil: se debe mencionar el número de registro mercantil asignado por la Cámara de Comercio, en calidad de persona natural.
Fecha de matrícula mercantil: Debe registrarse la fecha en la cual se efectuó el registro mercantil ante Cámara de Comercio.
Fecha de inicio de actividades: Fecha de inicio de actividades. Escriba la fecha en que inició actividades mercantiles en el establecimiento comercial que inscribe.
Código de Actividad ICA: se debe referenciar los códigos de la actividad gravada en Industria y Comercio, vigente para el Municipio de Santiago de Cali. Comprende cinco caracteres numéricos.
Código de Actividad CIIU: Debe escribirse los códigos de la actividad gravada en Industria y Comercio, establecida según la Clasificación Industrial Internacional Uniforme "CIIU", vigente para el Municipio de Cali.
Ingresos Brutos: se debe relacionar el total de los ingresos brutos percibidos por el ejercicio de la actividad gravada, durante el año gravable inmediatamente anterior, sólo números, sin espacios, puntos o comas.
Contribuyente -Persona natural: Se debe referenciar el nombre del contribuyente que está realizando la inscripción, este debe corresponde al nombre registrado en el campo 1 del formulario.
Tipo de identificación: se refiere al tipo de identificación del contribuyente que está realizando la inscripción, los valores que puede tomar la variable son cédula de ciudadanía o cédula de extranjería.
Número de Identificación: Se debe digitar el número de identificación del contribuyente autorizado que está realizando la inscripción.
Persona que realiza el trámite: se refiere a la firma de la persona autorizada que realiza el trámite personalmente en la Oficina de Atención al Ciudadano.
Tipo de identificación - persona que realiza el trámite: se refiere al tipo de identificación de la persona autorizada que realiza el trámite personalmente en la Oficina de Atención al Ciudadano , los valores que puede tomar la variable son cédula de ciudadanía o cédula de extranjería.
Número - Persona que realiza el trámite: Se debe digitar el número de identificación de la persona autorizada que realiza el trámite personalmente en la Oficina de Atención al Ciudadano.
INDICADORES
-Distribución de los contribuyentes registrados en el régimen simplificado por comuna
-Distribución de los contribuyentes registrados en el régimen simplificado por tipo de documento
-Distribución de los contribuyentes registrados en el régimen simplificado por Códigos CIIU
-Ingresos de los contribuyentes registrados en el régimen simplificado
-Distribución de los contribuyentes registrados en el régimen simplificado por Códigos ICA
-Distribución porcentual de los contribuyentes registrados en el régimen simplificado por comuna
-Media de los ingresos
PLAN DE RESULTADOS
En cumplimiento de la ley 1712 de 2014 de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública, el Departamento Administrativo de Hacienda pone a disposición de la ciudadanía los Boletines Informativos Tributarios, a través de la Gaceta Tributaria del Municipio de Cali, con una periodicidad trimestral disponibles en la página WEB de la Alcaldía.
CUADROS DE SALIDA
A continuación se enlistan los cuadros de salida presentados en los informes anteriormente mencionados:
Adicionalmente, se presentará un archivo en Excel que contendrá la información sobre el cálculo de los indicadores planteados con el fin de condensar la información de manera organizada.
Cuadro resumen indicadores del Registro de Contribuyentes del régimen simplificado.
Inicio | Fin | Ciclo / Ronda |
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2018-01-01 | 2018-12-31 | Enero - Marzo de la vigencia actual |
Fecha de inicio | Fecha final | Ciclo |
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2017-01-01 | 2017-12-31 | Enero - Diciembre de la vigencia anterior |
Nombre | Afiliación | Abreviatura / Sigla |
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Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | Alcaldíia de Santiago de Cali | DAHM |
ACOPIO O RECOLECCIÓN DE LOS DATOS:
-Métodos y mecanismos para la recolección: El mecanismo de recolección del registro administrativo de contribuyentes registrados al régimen simplificado, es a través del formulario electrónico. Este instrumento captura los datos del contribuyente, establecimiento de comercio,actividad económica,información de ingresos brutos; cuya custodia, almacenamiento y procesamiento está a cargo del Departamento Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones DATIC.
-Transmisión de datos: Posterior a la inscripción vía web ,los datos quedan en el back- up del Departamento administrativo de tecnológica DATIC y se realiza un control de la información paralela al registro en línea.
ENTRENAMIENTO
La Alcaldía brinda manuales al usuario incluidos en la página web, acompañados de folletos y contenidos en físico, disponibles en la oficina de atención al contribuyente y los centros de atención CALIS, con los cuales capacita, ilustra y guía al ciudadano y al usuario interno (Profesional - Contratista de la Alcaldía).
La administración local como receptor de la información, guía y capacita con los conceptos del formulario al profesional encargado con conocimientos en Excel; a su vez este solicita la información registrada en el formulario web a la dependencia de sistemas DATIC quien actuará como administrador de la base de la datos del registro del Régimen Simplificado para el control, análisis y monitoreo.
ACTIVIDADES PREPARATRIAS
a) Sensibilización:
Para la sensibilización del registro administrativo de inscripción de contribuyentes al régimen simplificado del impuesto de Industria y Comercio se utilizan medios radiales, folletos, revistas y gaceta municipal informando las fechas y lugares donde pueden declarar los contribuyentes. Así mismo, hay manuales de guía y consulta para los contribuyentes, donde explican cómo diligenciar el formulario WEB (Instrumento de captura de información) y la forma de inscribirse a este régimen.
Por otro lado, se realizan jornadas de cultura tributaria y sensibilización a través de charlas de orientación y capacitación al público .
b) Selección del personal: El área de contratación junto con la subdirección de Impuestos y Rentas es la encargada de realizar el proceso de selección y contratación del personal necesario para apoyar el procedimiento del despacho. La persona contratada debe cumplir con las exigencias establecidas por el mismo organismo, debe tener un perfil profesional en áreas administrativas, estadística o tecnología, que le permita desarrollar las actividades de control, segmentación y análisis de este registro administrativo.
VALIDACIÓN DE LOS DATOS
a) CRÍTICA Y CODIFICACIÓN DE LOS DATOS
Posterior al diligenciamiento web ejercido por el contribuyente , se procede a la crítica que es un proceso por medio del cual se detectan inconsistencias y errores que se puedan cometer debido a un mal diligenciamiento de la información.
El profesional encargado realiza un trabajo conjunto con el ingeniero de sistemas para la validación y registro de los campos diligenciados en el formulario web y se realizan pruebas donde se establezca un comparativo entre los datos de validación del formulario y que estos coincidan con los establecidos en la normatividad.
Para conocer las Normas, especificaciones o reglas de validación, consistencia e imputación revisar el documento metodológico de la operación estadística
b) MÉTODOS Y MECANISMOS PARA EL CONTROL DE CALIDAD
El control de calidad y métodos están respaldados en herramientas tecnológicas y de comunicación soportadas por los procesos documentados de Administración de Recursos de Tecnologías de Información y Comunicación, código MAGT04.01; Soporte Tecnológico, código MAGT04.02 y Gestión Documental, código MAGT04.03, en los cuales se establecen directrices para desarrollar y mantener la plataforma tecnológica y la logística necesaria para garantizar la seguridad, integridad de los datos y la autenticidad de la información; agilizar la obtención de informes y hacer confiable la ejecución de las operaciones internas en la Administración Central del Municipio, así como la generación de datos e información dirigida a los grupos de interés internos y externos.Adicionalmente el proceso de cruce de las bases de datos permite identificar inconsistencias en los registros dado que estos datos se comparan con las bases exógenas aportada por los bancos autorizados.
Adicionalmente se considera que las reglas de validación sirven como insumo para garantizar la calidad de los datos suministrados por el contribuyente ,para ampliación de las mismas debe remitirse al Anexo 1.Reglas y Normas de validación.
ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS
a) ANÁLISIS ESTADÍSTICO
El análisis estadístico es descriptivo, se recogen los datos, se organizan, analizan e interpretan para conocer el comportamiento del registro administrativo, esto con el fin de propiciar una toma de decisiones más eficaz. para este análisis se utilizan herramientas estadísticas como tablas de frecuencias, distribuciones de frecuencia, posiciones relativas de la media y medidas de dispersión de los datos, lo cual permite apoyar los procesos de planeación tributaria y control administrativo.
b) ANÁLISIS DE CONTEXTO
Este proceso se lleva a cabo mediante el diagnóstico del registro administrativo, parte del histórico del comportamiento y/o variación de la cantidad de personas naturales inscritas al régimen simplificado. Los indicadores calculados permiten hacer un acercamiento de la dinámica en términos de cantidad de contribuyentes inscritos por sectores económicos, comunas, entre otros aspectos se permite controlar que no haya un aumento significativo de inscritos dado que puede generarse un impacto fiscal en términos de recaudo dado que algunos contribuyentes evaden el compromiso del Impuesto de Industria y Comercio ICA y por esto hacen su registro al régimen simplificado.
se realiza un comparativo interregional con el fin de conocer el cumplimiento y los avances en términos de la aplicación sobre la normatividad establecida por el Estatuto Tributario Nacional.
c) COMITÉS DE EXPERTOS
La Subdirectora de Impuestos y Rentas municipales, convoca mensualmente al o la jefe técnico de fiscalización, líderes de proceso de fiscalización y profesional encargado de la planeación tributaria, con el fin de presentar los resultados obtenidos y analizar el comportamiento de los principales indicadores y evaluar los resultados del registro administrativo con el fin de accionar con medidas correctivas cuando haya lugar.
Nombre | Afiliación |
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Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | Alcaldía de Santiago de Cali |
Se autoriza el uso de la información contenida en esta portal, siempre y cuando se haga la siguiente cita textual: "Fuente: Alcaldía de Santiago de Cali: https://planeacion.cali.gov.co/amda/index.php/amda". Queda en cambio prohibida la copia o reproducción de los datos en cualquier medio electrónico (redes, bases de datos, cd rom, diskettes) que permita la disponibilidad de esta información a múltiples usuarios sin el previo visto bueno de la Alcaldía de Santiago de Cali por medio escrito.
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Nombre | Afiliación | Correo electrónico |
---|---|---|
Maricel Borja Barona | Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | maricel.borja@cali.gov.co |
Nombre | Abreviatura/Sigla | Afiliación | Rol |
---|---|---|---|
Paola Andrea Silva Rozo | PASR | Departamento Administrativo de Planeación Municipal | Documentador |
Hugo Raúl Ruano | HRR | Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | Validador |
Maricel Borja Barona | MBB | Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | Validador |
2018-11-28
Versión 1 (Noviembre de 2018)