{"doc_desc":{"title":"CALI-DAHM-RICRSIIC-2018","producers":[{"name":"Paola Andrea Silva Rozo","abbr":"PASR","affiliation":"Departamento Administrativo de Planeaci\u00f3n Municipal","role":"Documentador"},{"name":"Hugo Ra\u00fal Ruano","abbr":"HRR","affiliation":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","role":"Validador"},{"name":"Maricel Borja Barona","abbr":"MBB","affiliation":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","role":"Validador"}],"prod_date":"2018-11-28","version_statement":{"version_notes":"Versi\u00f3n 1 (Noviembre de 2018)"}},"study_desc":{"title_statement":{"idno":"DAHM-SIR-RICRSIIC-2018","title":"Registro de inscripci\u00f3n de contribuyentes al r\u00e9gimen simplificado del impuesto de industria y comercio-2018","alternate_title":"RICRSIIC"},"authoring_entity":[{"name":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","affiliation":"Alcald\u00eda de Santiago de Cali"}],"production_statement":{"producers":[{"name":"Maricel Borja Barona","abbr":"MBB","affiliation":"Departamento Administrativo de Hacienda Muncipal","role":""},{"name":"Hugo Ra\u00fal Ruano","abbr":"HRR","affiliation":"Departamento Administrativo de Hacienda Muncipal","role":""}],"funding_agencies":[{"name":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","abbr":"DAHM","role":""}]},"distribution_statement":{"contact":[{"name":"Maricel Borja Barona","affiliation":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","email":"maricel.borja@cali.gov.co","uri":""}]},"series_statement":{"series_name":"Registros administrativos, otros (ad\/oth]","series_info":"PRESENTACI\u00d3N\n\nEl Departamento Administrativo de Hacienda Municipal alineado con  las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal 2016-2019 en su Eje Cali participativa y bien gobernada,tiene entre sus funciones la administraci\u00f3n de los tributos que  comprende su recaudaci\u00f3n,fiscalizaci\u00f3n,liquidaci\u00f3n,discusi\u00f3n,cobro,devoluci\u00f3n, sanci\u00f3n y todos los dem\u00e1s aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias.\n\nConsecuente con la necesidad de brindar informaci\u00f3n oportuna, confiable y eficiente para la administraci\u00f3n municipal y los organismo que la requieran para la toma de decisiones,lidera el dise\u00f1o y administraci\u00f3n de instrumentos de presentaci\u00f3n y declaraci\u00f3n para los impuestos,tasas y contribuciones del orden municipal. Instrumentos que facilitan la captura de informaci\u00f3n para la producci\u00f3n,an\u00e1lisis y generaci\u00f3n de informes ,que permitan controlar y monitorear el  comportamiento de los diferentes tributos a su cargo;entre ellos la inscripci\u00f3n de personas naturales al r\u00e9gimen simplificado del Impuestos de Industria y Comercio.\n\nPor lo anterior,el Departamento de Hacienda Municipal brinda facultades dentro del marco legal a la Subdirecci\u00f3n de Impuestos y Rentas para elaborar y mantener actualizada la base de datos de los contribuyentes,seg\u00fan  los diferentes impuestos municipales establecidos en el Estatuto Tributario Municipal,regule y elabore lineamientos de control y  fiscalizaci\u00f3n para el proceso de gesti\u00f3n tributaria.\n\nPor tal raz\u00f3n,el siguiente documento metodol\u00f3gico es una hoja de ruta para el organismo y la alcald\u00eda de Santiago de Cali,en el  cual se recoge la informaci\u00f3n necesaria para comprender el funcionamiento y estructura del registro administrativo de la Inscripci\u00f3n de contribuyentes al r\u00e9gimen simplificado del impuesto de Industria y Comercio,brinda informaci\u00f3n de las caracter\u00edsticas de captura,recolecci\u00f3n y uso estad\u00edstico de este registro administrativo."},"holdings":[{"name":"Personas naturales  que tengan un solo establecimiento o lugar f\u00edsico  y reporten ingresos brutos menores o iguales a 1000 Unidades de Valor Tributario (UVT).","location":"","callno":"","uri":""}],"study_info":{"keywords":[{"keyword":"Sujeto","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Sujeto activo","vocab":"","uri":""},{"keyword":"T\u00e9rmino","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Vigencia","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Sanci\u00f3n","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Omiso","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Obligaci\u00f3n tributaria","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Libro de contabilidad","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Ingresos","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Impuesto","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Impuesto de industria y comercio","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Exoneraci\u00f3n","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Calendario tributario","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Certificado","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Base legal","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Actividad de servicio","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Actividad econ\u00f3mica","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Actividad industrial","vocab":"","uri":""},{"keyword":"Actividad comercial","vocab":"","uri":""},{"keyword":"R\u00e9gimen simplificado","vocab":"","uri":""}],"topics":[{"topic":"COMERCIO, INDUSTRIA Y MERCADOS [2]","vocab":"CESSDA","uri":""}],"abstract":"INTRODUCCI\u00d3N\n\nEn coherencia con el inicio de la modernizaci\u00f3n del sistema tributario colombiano en la d\u00e9cada de los 80\u00b4s con cambios que se profundizaron  a partir de la constituci\u00f3n de 1991 con la creaci\u00f3n o adopci\u00f3n de Impuestos directos e indirectos, ha exigido al mismo Estado y entes territoriales la creaci\u00f3n de instrumentos para el control y reducci\u00f3n de los niveles de evasi\u00f3n. Cambios que han delegado la responsabilidad a los contribuyentes de sus propias actuaciones y compromisos tributarios, que generen mejores recaudos tributarios para el Estado,  para apalancar  los planes de desarrollo y crecimiento del pa\u00eds.\n\nEl r\u00e9gimen simplificado del impuestos de Industria y Comercio en coherencia con las actualizaciones al Estatuto Tributario Municipal y su implementaci\u00f3n por parte de los entes territoriales, hace parte de este  grupo de tributos que son necesarios evaluar y determinar su importancia a partir de la captura como registro administrativo. Utilizando como marco de referencia la caracterizaci\u00f3n y documentos metodol\u00f3gicos  de otros registro administrativos, este documento recoge el procedimiento de captura y medici\u00f3n de los contribuyentes inscritos al r\u00e9gimen simplificado de Industria y Comercio, y describe el proceso de producci\u00f3n estad\u00edstica, de recolecci\u00f3n, m\u00e9todos de control de calidad y procesamiento de datos.\n\nA la fecha la informaci\u00f3n capturada por esta operaci\u00f3n estad\u00edstica basada en registros administrativos contribuye al cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal 2016-2019 en su Eje Cali participativa y bien gobernada el cual  pretende implantar un modelo de gesti\u00f3n que pone como centro de atenci\u00f3n al ciudadano, brind\u00e1ndole servicios de calidad, facilitando su acceso a servicios en l\u00ednea y estimulando su participaci\u00f3n en los asuntos p\u00fablicos de modo que este contribuya en los procesos de transformaci\u00f3n del Municipio entre estos la creaci\u00f3n de valor  p\u00fablico,por su parte otra de las metas es el seguimiento de los ingresos y gastos el cual pretende fomentar el pago oportuno de los contribuyentes y fortalecer la cultura tributaria.\n\nEste documento est\u00e1 organizado en  un primer cap\u00edtulo que comprende los antecedentes del registro administrativo, seguido del segundo cap\u00edtulo que contiene el dise\u00f1o de la operaci\u00f3n estad\u00edstica dividido entre el dise\u00f1o tem\u00e1tico\/metodol\u00f3gico y el dise\u00f1o estad\u00edstico,el tercer cap\u00edtulo presenta la documentaci\u00f3n relacionada y finalmente se encuentra  un glosario de t\u00e9rminos, bibliograf\u00eda utilizada y los anexos pertinentes.\n\nANTECEDENTES\n\nEl r\u00e9gimen simplificado es una legislaci\u00f3n tributaria especial colombiana que se aplica a personas con caracter\u00edsticas particulares, denominadas \u201cpeque\u00f1os comerciantes\u201d, para determinar el pago que \u00e9stas deben hacer, por concepto de impuestos al Estado.\n\nEn Colombia el registro de la inscripci\u00f3n de contribuyentes al r\u00e9gimen simplificado se remonta al periodo comprendido entre 1984-1991 periodo que permiti\u00f3 implementar instrumentos decisivos para la estructura del sistema tributario colombiano. En el a\u00f1o 1984 el sector comercial empez\u00f3 a ser gravado a trav\u00e9s del IVA debido a que antes de este a\u00f1o el sector estaba formado por una sola fase lo cual estaba propiciando la informalidad econ\u00f3mica en el pa\u00eds .\n\nA trav\u00e9s del Decreto Extraordinario No. 0203 de 2001, en el libro cuatro, t\u00edtulo 1, cap\u00edtulo 1, se le otorg\u00f3 al Departamento Administrativo de Hacienda Municipal la misi\u00f3n de la administraci\u00f3n financiera del municipio, la generaci\u00f3n de los recursos necesarios para el cumplimiento de los planes y metas de desarrollo y los programas de gobierno, y la responsabilidad de realizar el recaudo y consolidaci\u00f3n de los grav\u00e1menes, tributos, contribuciones, tasas, tarifas y derechos. A\u00f1os despu\u00e9s en el art\u00edculo 94 del Acuerdo 321 de 2011, del Estatuto Tributario Municipal, posteriormente modificado por el Acuerdo 338 de 2012, se establecieron los c\u00f3digos de actividad y las tarifas del Impuesto de Industria y Comercio, as\u00ed como la clasificaci\u00f3n entre contribuyentes del r\u00e9gimen simplificado y los contribuyentes del r\u00e9gimen com\u00fan.\n\nSeguido de lo anterior, en el Decreto No. 411.020.0259 de 2015 se compilaron los acuerdos 0321 de 2011, 0338 de 2012, 0339 de 2013, 0346 de 2013, 0357 de 2013 y el 0380 de 2014, que conforman el estatuto tributario municipal y a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n 4131.1.12.6-2472\/2013, la Subdirecci\u00f3n de Impuestos y Rentas defini\u00f3 el formulario electr\u00f3nico para la inscripci\u00f3n de contribuyentes al r\u00e9gimen simplificado del  impuesto de industria y comercio.\n\nComo respuesta a este acuerdo, esta Subdirecci\u00f3n, a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n 4131.1.12.6 \u2013 0436 del 19 de abril de 2013, por medio de la cual se establece el formulario de inscripci\u00f3n de contribuyentes al R\u00e9gimen Simplificado del Impuesto de Industria y Comercio, se se\u00f1ala el plazo y el procedimiento para la respectiva inscripci\u00f3n. Seguidamente en el 2014 la Subdirecci\u00f3n emiti\u00f3 una nueva Resoluci\u00f3n, la 4131.1.12.10 \u2013 1612, donde se estableci\u00f3 que la inscripci\u00f3n se deb\u00eda realizar a trav\u00e9s de un aplicativo web, especificando nuevamente los pasos que deb\u00eda seguir el ciudadano para diligenciar el formulario, presentando adem\u00e1s la forma en la que aparece el formulario en el sistema y su respectiva gu\u00eda de diligenciamiento.\n\n\nOBJETIVOS\n\n\nOBJETIVO GENERAL\n\nProporcionar  informaci\u00f3n b\u00e1sica sobre el tama\u00f1o y estructura (Ingresos, actividad econ\u00f3mica, sectores, comunas) de los contribuyentes inscritos al r\u00e9gimen simplificado  del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) en el municipio de Santiago de Cali, y suministrar herramientas para realizar el proceso de fiscalizaci\u00f3n.          \n\nOBJETIVOS ESPEC\u00cdFICOS\n\n- Capturar la informaci\u00f3n de contribuyentes inscritos en el r\u00e9gimen simplificado del Impuesto de Industria y Comercio (ICA).\n- Consolidar y almacenar la informaci\u00f3n  para que se constituyan como fuente de identificaci\u00f3n y ubicaci\u00f3n de los contribuyentes inscritos a este r\u00e9gimen.\n- Medir y hacer uso estad\u00edstico de la informaci\u00f3n para conocer las caracter\u00edsticas de este grupo de contribuyentes, que permita hacer eficiente y eficaz la labor de fiscalizaci\u00f3n en cabeza de la Subdirecci\u00f3n de Impuestos y Rentas.\n- Dar inicio a la conformaci\u00f3n y sistematizaci\u00f3n de este registro administrativo, para promover actividades cultura y control tributario.","time_periods":[{"start":"2017-01-01","end":"2017-12-31","cycle":"Enero - Diciembre de la vigencia anterior"}],"coll_dates":[{"start":"2018-01-01","end":"2018-12-31","cycle":"Enero  - Marzo de la vigencia actual"}],"nation":[{"name":"COLOMBIA","abbreviation":"COL"}],"geog_coverage":"La cobertura geogr\u00e1fica es Municipal.","geog_unit":"Municipio, \u00e1rea (rural y urbana), comuna y corregimiento.","analysis_unit":"Unidad de observaci\u00f3n:Personas\n\nUnidad de an\u00e1lisis: caracterizaci\u00f3n de persona y caracterizaci\u00f3n actividad econ\u00f3mica","universe":"Contribuyentes que desarrollen alguna actividad industrial, comercial o de servicios en el Municipio de Santiago de Cali.","data_kind":"Operaci\u00f3n estad\u00edstica basada en registros administrativos (adm)","notes":"MARCO DE REFERENCIA\n\na) MARCO TE\u00d3RICO\n\nSeg\u00fan los libros de historia, el principio b\u00e1sico de la tributaci\u00f3n se encuentra en las razones del origen del mismo Estado. La palabra \u201cEstado\u201d tiene sus or\u00edgenes a partir de la doctrina pol\u00edtica expuesta en la obra \u201cEl Pr\u00edncipe\u201d por Nicol\u00e1s Maquiavelo entre 1500 y 1513. Desde este momento, diferentes pensadores, acad\u00e9micos, pol\u00edticos entre otros, desarrollaron y establecieron sus respectivos conceptos y formas de Estado, con base a visiones y leyes que les ayudaran a materializar revoluciones y cambios de tipo pol\u00edtico, econ\u00f3mico y social.  \n\nPara Colombia, la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica institucionaliz\u00f3 desde su primer art\u00edculo la conformaci\u00f3n de un Estado organizado en forma de Rep\u00fablica, desde entonces el pa\u00eds ha encaminado su labor en lograr un Estado que goce de libertad, independencia pol\u00edtica, administrativa y fiscal; esta \u00faltima definida y materializada a trav\u00e9s del Estatuto Tributario Nacional mediante el Decreto 624 del 30 de marzo de 1989, que recogi\u00f3 la normatividad impositiva nacional dispersa en el ordenamiento jur\u00eddico.\n\nLas disposiciones plasmadas en el Estatuto Tributario Municipal, cuentan con una estructura conceptual y normativa para que el pa\u00eds y las  administraciones p\u00fablicas encargadas de la administraci\u00f3n tributaria,  cualquiera que sea su estructura econ\u00f3mica, su ordenamiento institucional o su nivel de desarrollo, puedan seleccionar del mismo estatuto,  aquellas partes que consideren m\u00e1s pertinentes y \u00fatiles para su aplicaci\u00f3n a la luz de sus propias necesidades y capacidades (Herramientas gesti\u00f3n tributaria, 2017).\n\nEstos lineamientos favorecieron la creaci\u00f3n de dos reg\u00edmenes y\/o tipo de contribuyentes con caracter\u00edsticas y particularidades diferentes pero obligados a tributar, el r\u00e9gimen simplificado y el r\u00e9gimen com\u00fan. El r\u00e9gimen simplificado, nace como un beneficio tributario para las personas naturales, cuando estas cumplen las condiciones establecidas en el mismo Estatuto Tributario Nacional. Bajo este contexto, la identificaci\u00f3n, clasificaci\u00f3n y captura de informaci\u00f3n de contribuyentes inscritos a este r\u00e9gimen, se convierte en un registro administrativo, con un potencial de uso estad\u00edstico,  que permite crear indicadores de evaluaci\u00f3n y control tributario para la optimizaci\u00f3n de recursos por parte de las dependencias encargadas de la administraci\u00f3n y fiscalizaci\u00f3n tributaria. \n\nb) MARCO CONCEPTUAL\n\nEl registro de los contribuyentes del r\u00e9gimen simplificado siguen los lineamientos y normativa establecida en el Estatuto Tributario Nacional, normas y disposiciones que pueden ser adoptadas por las entidades territoriales acorde a su organizaci\u00f3n y estructura tributaria y fiscal.  Por tanto, las definiciones  se elaboran dentro de un marco legal soportado en los manuales de fiscalizaci\u00f3n y procedimientos elaborados por el Ministerio de Hacienda P\u00fablica y Cr\u00e9dito a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n General de Apoyo Fiscal. Los siguientes conceptos son los utilizados por el registro administrativo:\n\nSUJETO.  Obligado \/ Persona \/ titular de un derecho u obligaci\u00f3n\n\nSUJETO ACTIVO. Sobre quien recae la obligaci\u00f3n de  recaudar el impuesto declarar y pagar.\n\nT\u00c9RMINO. Momento en que un acto jur\u00eddico debe comenzar a producir o dejar de producir sus efectos caracter\u00edsticos. Denominase tambi\u00e9n plazo.\n\nUSUARIOS Y\/O GRUPOS DE INTER\u00c9S. Organizaci\u00f3n, entidad o persona que recibe un producto o un servicio.\n\nVIGENCIA. Calidad de vigente de una ley. En vigor, o sea, con fuerza de obligar.\n\nSANCI\u00d3N. Es la pena que lleva aparejada la existencia de una infracci\u00f3n. Esta sanci\u00f3n es la reacci\u00f3n del ordenamiento jur\u00eddico ante un il\u00edcito tributario, con una finalidad punitiva y ejemplarizante, es decir, considerando la sanci\u00f3n como una pena o castigo al infractor. Las sanciones tributarias son impuestas por los \u00f3rganos de la administraci\u00f3n tributaria.\n\nOMISO. Contribuyente que no ha cumplido con el deber formal de presentar las declaraciones y formularios a las cuales est\u00e1 obligado a presentar y en las fechas estipuladas, los tributos municipales.\n\nOBLIGACI\u00d3N TRIBUTARIA.  Es aquella por la cual un sujeto (pasivo) se encuentra obligado mediante la ley, dar determinada cantidad de dinero (prestaci\u00f3n) a un ente p\u00fablico (sujeto activo) a t\u00edtulo de impuestos, una vez verificado de determinado presupuesto f\u00e1ctico (hecho imponible).\n\nLIBRO DE CONTABILIDAD. Grupo  de  documentos  que  contienen    asientos contables, generalmente siguiendo el Procedimiento de partida doble, y que forman un todo indisoluble a efectos de documentaci\u00f3n o registro. Los libros contables por excelencia son el diario y el mayor, si bien pueden desdoblarse en libros auxiliares, seg\u00fan el detalle requerido por el comerciante en sus operaciones.\n\nINGRESOS.  Son los recursos financieros que se obtienen de modo eventual y que alteran la situaci\u00f3n patrimonial del Estado. Provienen de la venta de activos (inmuebles, terrenos, maquinarias), las amortizaciones por los pr\u00e9stamos concedidos (reembolsos), la venta de acciones del Estado en empresas, ingresos por intereses de dep\u00f3sitos y otros Ingresos de Capital.\n\nIMPUESTO. Ingreso p\u00fablico creado por ley y obligatorio para los contribuyentes contemplados en la misma siempre que exista la obligaci\u00f3n que lo determina. \n\nIMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Impuesto de orden municipal que recae en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicio, que sean ejercidas directa o indirectamente por personas naturales, jur\u00eddicas y sociedades de hecho, ya sea que se cumplan de forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos Lo rige la ley 14 de 1983,  Acuerdo 35 de 1985 y Decreto 523 de 1999.\n\nEXONERACI\u00d3N. Dispensa total o parcial del pago de la obligaci\u00f3n tributaria, concedida por el Poder Ejecutivo, en los casos autorizados por la Ley.\n\nCALENDARIO TRIBUTARIO: Cronograma o listado de fechas establecidas por la autoridad tributaria para el cumplimiento de ciertas obligaciones a cargo de los administrados, as\u00ed como la presentaci\u00f3n de declaraciones, el pago oportuno de los impuestos o el suministro de informaci\u00f3n solicitada por v\u00eda general y que es publicado para conocimiento general de los ciudadanos y para facilitar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias.\n\nCERTIFICADO. Documento, generalmente de car\u00e1cter p\u00fablico, pero que tambi\u00e9n puede ser privado por el que se acredita o atestigua un hecho del cual lo suscribe y tiene conocimiento.\n\nBASE  LEGAL: Son las leyes, reglamentos y decretos emitidos de acuerdo a las pol\u00edticas del gobierno.\n\nACTIVIDAD DE SERVICIO. Ley 14 de 83 art. 32 Son aquellas destinadas a las tareas, labores o trabajo ejecutado por personas naturales o jur\u00eddicas, por sociedades, entidades oficiales o p\u00fablicas, sin que medie la relaci\u00f3n laboral con quien los contrata, que genere contraprestaci\u00f3n en dinero o en especie y que se concrete en obligaci\u00f3n de hacer, sin importar que en ellas predomine el factor material o intelectual para satisfacer las necesidades de la comunidad.\n \nACTIVIDAD ECON\u00d3MICA: Ocupaci\u00f3n que realiza el hombre para satisfacer necesidades e intereses en el contexto de una econom\u00eda determinada y de una civilizaci\u00f3n: agr\u00edcolas, de miner\u00eda, industriales y de servicio-comercio.\n\nACTIVIDAD INDUSTRIAL: Es actividad industrial, la producci\u00f3n, extracci\u00f3n, fabricaci\u00f3n, manufactura, confecci\u00f3n, preparaci\u00f3n, reparaci\u00f3n, ensamblaje de cualquier clase de materiales o bienes y en general cualquier proceso de transformaci\u00f3n por elemental que \u00e9ste sea.\n \nACTIVIDAD COMERCIAL. Es actividad comercial, la destinada al expendio, compraventa o distribuci\u00f3n de bienes y mercanc\u00edas, tanto al por mayor como al por menor y las dem\u00e1s actividades definidas como tales por el C\u00f3digo de Comercio, siempre y cuando no est\u00e9n consideradas por la Ley como actividades industriales o de servicios.\n\nR\u00c9GIMEN SIMPLIFICADO. Personas naturales categorizados como peque\u00f1os comerciantes que  est\u00e1n clasificados de acuerdo a unos requisitos, los cuales gozan de un tratamiento de excepci\u00f3n tributaria por parte de la administraci\u00f3n local encargada del tributo.\n\nc) MARCO LEGAL\n\nLa normatividad que regula la clasificaci\u00f3n y registro administrativo de inscripci\u00f3n de contribuyentes al r\u00e9gimen simplificado est\u00e1 sustentada  por el Estatuto Tributario Nacional, estas disposiciones son adoptadas por la Alcald\u00eda de Santiago de Cali a trav\u00e9s del Acuerdo 0321 de 2011.\n\nEl Acuerdo 0321 de 2011, \u201cPor medio del cual se estructura el Estatuto Tributario Municipal\u201d.\n \nResoluci\u00f3n 4131.1.12.6 \u2013 0436 del 19 de abril de 2013, \u201cPor medio del cual se establece el formulario de inscripci\u00f3n al R\u00e9gimen Simplificado del Impuesto de Industria y Comercio, se se\u00f1ala el pazo y el procedimiento para la respectiva inscripci\u00f3n\u201d.\n\nResoluci\u00f3n 4131.1.12.10 \u2013 1612 de 2014, \u201cPor medio de la cual se modifica la resoluci\u00f3n 4131.1.12.6-436 de abril 19 de 2013 \u201cpor medio de la cual se establece el formulario de inscripci\u00f3n al r\u00e9gimen simplificado del impuesto de industria y comercio, se se\u00f1ala el plazo y el procedimiento para la respectiva inscripci\u00f3n\u201d.\n\nDecreto No. 411.020.0259 de 2015, \u201cPor el cual se compilan los acuerdos 0321 de 2011, 0338 de 2012, 0346 de 2013, 0357 de 2013 y el 0380 de 2014, que conforman el estatuto tributario municipal\u201d\n\nArt\u00edculo 90 del Acuerdo 0321 de 2011, \u201cEstablece la clasificaci\u00f3n de los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio en el Municipio de Santiago de Cali en dos (2) reg\u00edmenes a saber ,r\u00e9gimen ordinario y r\u00e9gimen simplificado\u201d.\n\nd) REFERENTES INTERNACIONALES\n\nEn el contexto latinoamericano se encuentran los pa\u00edses que cuentan con reg\u00edmenes especiales de tributaci\u00f3n ,en esta secci\u00f3n se describen espec\u00edficamente  los pa\u00edses que captan el registro del tributo dentro de la clasificaci\u00f3n del R\u00e9gimen Simplificado.\n\nEn Argentina se clasifican en el R\u00e9gimen Simplificado a los  Peque\u00f1os Contribuyentes (Monotributo),est\u00e1 dirigido a la microempresa personal, en este se considera el nivel de facturaci\u00f3n m\u00e1ximo( ingresos brutos) y las magnitudes f\u00edsicas (energ\u00eda el\u00e9ctrica y superficie afectada a la actividad). Es un r\u00e9gimen de \u201ccuota fija\u201d,que  equivale aproximadamente al 33 % de lo que deber\u00eda pagar el peque\u00f1o contribuyente en el r\u00e9gimen general, por lo que se ha constituido en un est\u00edmulo fiscal importante. La recaudaci\u00f3n de este r\u00e9gimen representa el 2,13 % de la recaudaci\u00f3n total de impuestos. Existe  otra clasificaci\u00f3n en el r\u00e9gimen simplificado llamada  r\u00e9gimen del contribuyente eventual, aplicada a los peque\u00f1os contribuyentes que tienen actividades espor\u00e1dicas o irregulares durante el a\u00f1o y no ejercen su actividad en local o establecimiento y tienen hasta una facturaci\u00f3n anual fijada por el gobierno\n\ne) REFERENTES NACIONALES\n\nLa Direcci\u00f3n General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico en desarrollo de las funciones de asesor\u00eda y asistencia t\u00e9cnica que hacen parte de sus competencias, entreg\u00f3 a todas las entidades territoriales un manual de fiscalizaci\u00f3n que re\u00fane textos sistem\u00e1ticos, comprensibles y did\u00e1cticos con los pasos, competencias y actores del proceso de fiscalizaci\u00f3n para control, determinaci\u00f3n y clasificaci\u00f3n tributaria y seguimiento de los sujetos pasivos obligados a tributar.\nLos convenios o tratados internacionales, ratificados por Colombia en t\u00e9rminos de control tributario, son parte de la legislaci\u00f3n interna. Desde el punto de vista formal, los tratados no son fuente, pues su eficacia depende de la ratificaci\u00f3n a trav\u00e9s de una ley interna; no obstante, en sentido sustancial, son verdadera fuente del derecho, ya que la ley que los aprueba y pone en vigor, se limita usualmente a poner en vigor la convenci\u00f3n (Memoria sobre la Administraci\u00f3n y Sistema Tributario Colombia SULMA PATRICIA GUZMAN ESPINEL , 2007)\n\t\n------------------\n\nREFERENCIAS\n\nClasificaci\u00f3n Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades econ\u00f3micas (CIIU), Departamento de Asuntos Econ\u00f3micos y Sociales Divisi\u00f3n de Estad\u00edstica, Informes estad\u00edsticos Serie M, No. 4\/Rev. 4 (2009).Naciones Unidas.Recuperado de https:\/\/unstats.un.org\/unsd\/publication\/seriesm\/seriesm_4rev4s.pdf \n\nDANE. ( 2011). Obtenido de http:\/\/www.dane.gov.co\/\n \nDecreto Extraordinario 259 de 2015.Alcaldia Santiago de Cali, Cali.\n \nDouglas A., L., Wathen, S. A., & Marchal, W. G. (2012). Estad\u00edstica aplicada a los negocios y la Econom\u00eda. M\u00e9xico: Mc Graw Hill.\n \nEduardo, L. (2008). T\u00e9cnicas de Medici\u00f3n Econ\u00f3mica (4 Edici\u00f3n ed.). Bogot\u00e1: Alfaomega Colombiana.\n\nFormato de Inscripci\u00f3n al r\u00e9gimen simplificado del impuesto de Industria y Comercio, Alcaldia deSantiago de Cali http:\/\/www.cali.gov.co\/hacienda\/publicaciones\/50930\/formato_inscripcin_al_rgimen_simplificado_del_impuesto_de_industria_y_comercio_1\/\n\nGonz\u00e1lez,D. (2006) Regimenes especiales de tributaci\u00f3n para peque\u00f1os contribuyentes en Am\u00e9rica Latina,recuperado el 25 de Julio de 2018 en https:\/\/www.cepal.org\/ilpes\/noticias\/paginas\/2\/27472\/Dario%20Gonzalez%20Fiscalidad%20de%20la%20PYME%20en%20AL.pdf \n\nManual de Fiscalizaci\u00f3n Para Entidades Territoriales. (2007). Bogot\u00e1 D.C., Colombia.\n \nSyphus, S. (2012). SAS Enterprise Guide 1: Querying and Repornting. Estados Unidos."},"method":{"data_collection":{"data_collectors":[{"name":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","abbr":"DAHM","role":"","affiliation":"Alcald\u00edia de Santiago de Cali"}],"coll_mode":["Autodiligenciamiento de formulario electr\u00f3nico v\u00eda p\u00e1gina web"],"research_instrument":"La operaci\u00f3n estad\u00edstica de Inscripci\u00f3n de contribuyentes al r\u00e9gimen simplificado del impuesto de industria y comercio utiliza como fuente el Formulario de  inscripci\u00f3n al r\u00e9gimen simplificado de Industria y Comercio contemplado en el Modelo de Operaci\u00f3n por Procesos MOP con el c\u00f3digo MAHP03.01.02.18.P02.F01\n\nLa estructura del Formulario de Inscripci\u00f3n al r\u00e9gimen simplificado de industria y comercio registrado en el Modelo de Operaci\u00f3n por Procesos con el c\u00f3digo MAHP03.01.02.18.P10.F01 est\u00e1 compuesta por los siguientes m\u00f3dulos.\n\nM\u00f3dulo A.Datos del Contribuyente:Esta secci\u00f3n captura los datos de identificaci\u00f3n y ubicaci\u00f3n del contribuyente que se est\u00e1 registrando.\n\nM\u00f3dulo B.Datos de Establecimiento de comercio:En este apartado se registra el nombre ,direcci\u00f3n y comuna , al igual que el n\u00famero y la fecha de matr\u00edcula mercantil y la fecha de inicio de actividades .\n\nM\u00f3dulo C .Datos de Actividad Econ\u00f3mica-Clasificaci\u00f3n de Actividad de Industria y Comercio:En esta secci\u00f3n se debe registrar el c\u00f3digo de actividad ICA y c\u00f3digo de actividad CIIU al que corresponde la actividad que realiza el establecimiento.\n\nM\u00f3dulo D.Informaci\u00f3n ingresos brutos: En esta secci\u00f3n  se debe relacionar el total de ingresos percibidos durante el a\u00f1o inmediatamente anterior correspondientes a la actividad econ\u00f3mica ejercida por el establecimiento.\n\nM\u00f3dulo E. Firmas:En este apartado deben ir registradas la firma del contribuyente (persona natural), el nombre ,tipo de documento y n\u00famero correspondiente ,as\u00ed mismo debe registrarse la firma ,nombre ,c.c y n\u00famero de cc. de la persona que realiza el tr\u00e1mite,aclarando que puede ser el mismo contribuyente u otra persona autorizada.","sources":[{"name":"","origin":"","characteristics":""}],"coll_situation":"ENTRENAMIENTO\n\nLa Alcald\u00eda brinda manuales al usuario incluidos en la p\u00e1gina web, acompa\u00f1ados de folletos y contenidos en f\u00edsico, disponibles en la oficina de atenci\u00f3n al contribuyente y los centros de atenci\u00f3n CALIS, con los cuales capacita, ilustra y gu\u00eda  al ciudadano y al  usuario interno (Profesional - Contratista de la Alcald\u00eda).\n\nLa administraci\u00f3n local como receptor de la informaci\u00f3n, gu\u00eda y capacita con  los conceptos del formulario  al  profesional encargado con  conocimientos en Excel;  a su vez este solicita la informaci\u00f3n registrada en el formulario web a la dependencia  de sistemas DATIC quien  actuar\u00e1 como administrador de la base de la datos del registro del R\u00e9gimen Simplificado para  el control, an\u00e1lisis y monitoreo.\n\nACTIVIDADES PREPARATRIAS\n\na) Sensibilizaci\u00f3n: \n\nPara la sensibilizaci\u00f3n del registro administrativo de inscripci\u00f3n de contribuyentes al r\u00e9gimen simplificado del impuesto de Industria y Comercio se utilizan medios radiales, folletos, revistas y gaceta municipal informando las fechas y lugares donde pueden declarar los contribuyentes. As\u00ed mismo, hay manuales de gu\u00eda y consulta para los contribuyentes,  donde explican c\u00f3mo diligenciar el formulario WEB (Instrumento de captura de informaci\u00f3n) y la forma de inscribirse a este r\u00e9gimen.\n\nPor otro lado, se realizan jornadas de cultura tributaria y sensibilizaci\u00f3n a trav\u00e9s de charlas de  orientaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n al p\u00fablico .\n\nb) Selecci\u00f3n del personal: El \u00e1rea de contrataci\u00f3n junto con la subdirecci\u00f3n de Impuestos y Rentas es la encargada de realizar el proceso de selecci\u00f3n y contrataci\u00f3n del personal necesario para apoyar el procedimiento del despacho. La persona contratada debe cumplir con las exigencias establecidas por el mismo organismo, debe tener un perfil profesional en \u00e1reas administrativas, estad\u00edstica o tecnolog\u00eda, que le permita desarrollar las actividades de control, segmentaci\u00f3n y an\u00e1lisis de este registro administrativo.","act_min":"ACOPIO O RECOLECCI\u00d3N DE LOS DATOS:\n\n\n-M\u00e9todos y mecanismos para la recolecci\u00f3n: El mecanismo de recolecci\u00f3n del registro administrativo de contribuyentes registrados al r\u00e9gimen simplificado, es a trav\u00e9s del formulario electr\u00f3nico. Este instrumento  captura  los datos del contribuyente, establecimiento de comercio,actividad econ\u00f3mica,informaci\u00f3n de ingresos brutos;  cuya custodia, almacenamiento y procesamiento est\u00e1 a cargo del Departamento Administrativo de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones DATIC.\n\n\n-Transmisi\u00f3n de datos: Posterior a la inscripci\u00f3n v\u00eda web ,los datos quedan en el back- up del Departamento administrativo de tecnol\u00f3gica DATIC y se realiza un control de la informaci\u00f3n paralela al registro en l\u00ednea.","cleaning_operations":"VALIDACI\u00d3N DE LOS DATOS\n\na) CR\u00cdTICA Y CODIFICACI\u00d3N DE LOS DATOS\n\nPosterior al diligenciamiento web ejercido por el contribuyente , se procede a la cr\u00edtica que es un proceso por medio del cual se detectan inconsistencias y errores que se puedan cometer debido a un mal diligenciamiento de la informaci\u00f3n.\n\nEl profesional encargado realiza un trabajo conjunto con el ingeniero de sistemas para la validaci\u00f3n y registro de los campos diligenciados en el formulario web y se realizan pruebas donde se establezca un comparativo entre los datos de validaci\u00f3n del formulario y que estos coincidan con los establecidos en la normatividad.\n \nPara conocer las Normas, especificaciones o reglas de validaci\u00f3n, consistencia e imputaci\u00f3n revisar el documento metodol\u00f3gico de la operaci\u00f3n estad\u00edstica\n\nb) M\u00c9TODOS Y MECANISMOS PARA EL CONTROL DE CALIDAD\n\nEl control de calidad y m\u00e9todos est\u00e1n respaldados en herramientas tecnol\u00f3gicas y de comunicaci\u00f3n soportadas por los procesos documentados de Administraci\u00f3n de Recursos de Tecnolog\u00edas de Informaci\u00f3n y Comunicaci\u00f3n, c\u00f3digo MAGT04.01; Soporte Tecnol\u00f3gico, c\u00f3digo MAGT04.02 y Gesti\u00f3n Documental, c\u00f3digo MAGT04.03, en los cuales se establecen directrices para desarrollar y mantener la plataforma tecnol\u00f3gica y la log\u00edstica necesaria para garantizar la seguridad,  integridad de los datos y la autenticidad de la informaci\u00f3n; agilizar la obtenci\u00f3n de informes y hacer confiable la ejecuci\u00f3n de las operaciones internas en la Administraci\u00f3n Central del Municipio, as\u00ed como la  generaci\u00f3n de datos e informaci\u00f3n dirigida a los grupos de inter\u00e9s internos y externos.Adicionalmente el proceso de cruce de las bases de datos permite identificar inconsistencias en los registros dado que estos datos se comparan con las bases ex\u00f3genas aportada por los bancos autorizados.\n\nAdicionalmente se considera que las reglas de validaci\u00f3n sirven como insumo para garantizar la calidad de los datos suministrados por el contribuyente ,para ampliaci\u00f3n de las mismas debe remitirse al Anexo 1.Reglas y Normas de validaci\u00f3n."},"method_notes":"VARIABLES\n\nA continuaci\u00f3n, se presentan las variables utilizadas en el registro, a partir de los campos del formato de Inscripci\u00f3n al r\u00e9gimen simplificado del Impuesto de Industria y Comercio.\n\nN\u00famero de Identificaci\u00f3n: Indica el n\u00famero de documento que identifica al contribuyente Este campo no es susceptible de correcci\u00f3n, por lo tanto, si existe un error en el mismo, deber\u00e1 dirigirse un oficio a la Unidad de Atenci\u00f3n al Contribuyente de la Subdirecci\u00f3n de Impuestos y Rentas Municipales, donde argumente el motivo de la solicitud.\n \nApellidos: Corresponde al (los) apellidos del Contribuyente como aparece en el documento de identificaci\u00f3n.\n \nNombres: Corresponde al (los) nombre del Contribuyente como aparece en el documento de identificaci\u00f3n.\n \nDirecci\u00f3n para Notificaciones: Hace referencia a la direcci\u00f3n en la cual se pueda localizar para todos los efectos legales del contribuyente.\n \nCorreo Electr\u00f3nico: corresponde a la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico en la cual el contribuyente, desea recibir informaci\u00f3n emitida por la Administraci\u00f3n Municipal.\n \n \nTel\u00e9fono Fijo: Corresponde al n\u00famero telef\u00f3nico del domicilio principal del contribuyente o donde se pueda establecer comunicaci\u00f3n telef\u00f3nica con el mismo.\n \nTel\u00e9fono M\u00f3vil: se debe referenciar el n\u00famero en el cual el contribuyente desea recibir informaci\u00f3n emitida por la Administraci\u00f3n Municipal.\n \nFax: se refiere al n\u00famero de fax en el cual contribuyente desea recibir informaci\u00f3n emitida por la Administraci\u00f3n Municipal.\n \nNombre comercial del establecimiento: se refiere al nombre comercial que asign\u00f3 al establecimiento que registr\u00f3 en la C\u00e1mara de Comercio de Cali. En caso de no tener nombre comercial, escriba se escribe el nombre del Contribuyente titular del establecimiento.\n \n Direcci\u00f3n del Establecimiento: se refiere a la direcci\u00f3n donde est\u00e1 ubicado el establecimiento del Contribuyente.\n \nComuna: se refiere a la comuna a la que pertenece la direcci\u00f3n del domicilio principal del establecimiento de las 22 comunas del municipio de Santiago de Cali, diligenciado en el campo 10 del formulario.\n \nN\u00famero de Matr\u00edcula mercantil: se debe mencionar el n\u00famero de registro mercantil asignado por la C\u00e1mara de Comercio, en calidad de persona natural.\n \nFecha de matr\u00edcula mercantil: Debe registrarse la fecha en la cual se efectu\u00f3 el registro mercantil ante C\u00e1mara de Comercio.\n \nFecha de inicio de actividades: Fecha de inicio de actividades. Escriba la fecha en que inici\u00f3 actividades mercantiles en el establecimiento comercial que inscribe.\n \nC\u00f3digo de Actividad ICA: se debe referenciar los c\u00f3digos de la actividad gravada en Industria y Comercio, vigente para el Municipio de Santiago de Cali. Comprende cinco caracteres num\u00e9ricos.\n \nC\u00f3digo de Actividad CIIU: Debe escribirse los c\u00f3digos de la actividad gravada en Industria y Comercio, establecida seg\u00fan la Clasificaci\u00f3n Industrial Internacional Uniforme \"CIIU\", vigente para el Municipio de Cali.\n \nIngresos Brutos: se debe relacionar el total de los ingresos brutos percibidos por el ejercicio de la actividad gravada, durante el a\u00f1o gravable inmediatamente anterior, s\u00f3lo n\u00fameros, sin espacios, puntos o comas.\n \nContribuyente -Persona natural: Se debe referenciar el nombre del contribuyente que est\u00e1 realizando la inscripci\u00f3n, este debe corresponde al nombre registrado en el campo 1 del formulario.\n\nTipo de identificaci\u00f3n: se refiere al tipo de identificaci\u00f3n del contribuyente que est\u00e1 realizando la inscripci\u00f3n, los valores que puede tomar la variable son c\u00e9dula de ciudadan\u00eda o c\u00e9dula de extranjer\u00eda.\n \nN\u00famero de Identificaci\u00f3n: Se debe digitar el n\u00famero de identificaci\u00f3n del contribuyente autorizado que est\u00e1 realizando la inscripci\u00f3n.\n\nPersona que realiza el tr\u00e1mite: se refiere a la firma de la persona autorizada que realiza el tr\u00e1mite personalmente en la Oficina de Atenci\u00f3n al Ciudadano.\n \nTipo de identificaci\u00f3n - persona que realiza el tr\u00e1mite: se refiere al tipo de identificaci\u00f3n de la persona autorizada que realiza el tr\u00e1mite personalmente en la Oficina de Atenci\u00f3n al Ciudadano , los valores que puede tomar la variable son c\u00e9dula de ciudadan\u00eda o c\u00e9dula de extranjer\u00eda.\n \nN\u00famero - Persona que realiza el tr\u00e1mite: Se debe digitar el n\u00famero de identificaci\u00f3n de la persona autorizada que realiza el tr\u00e1mite personalmente en la Oficina de Atenci\u00f3n al Ciudadano.\n\nINDICADORES\n\n-Distribuci\u00f3n de los contribuyentes registrados en el r\u00e9gimen simplificado por comuna \t\n\n-Distribuci\u00f3n de los contribuyentes registrados en el r\u00e9gimen simplificado por tipo de documento \t\n\n-Distribuci\u00f3n de los contribuyentes registrados en el r\u00e9gimen simplificado por C\u00f3digos CIIU \n\t\n-Ingresos de los contribuyentes registrados en el r\u00e9gimen simplificado\t\n\n-Distribuci\u00f3n de los contribuyentes registrados en el r\u00e9gimen simplificado por C\u00f3digos ICA \n\t\n-Distribuci\u00f3n porcentual de los contribuyentes registrados en el r\u00e9gimen simplificado por comuna \t\n\n-Media de los ingresos\t\n\n\nPLAN DE RESULTADOS\n\n\nEn cumplimiento de la ley 1712 de 2014 de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica, el Departamento Administrativo de Hacienda pone a disposici\u00f3n de la ciudadan\u00eda los Boletines Informativos Tributarios, a trav\u00e9s de la Gaceta Tributaria del Municipio de Cali, con una periodicidad trimestral disponibles en la p\u00e1gina WEB de la Alcald\u00eda.\n\n\nCUADROS DE SALIDA\n\nA continuaci\u00f3n se enlistan los cuadros de salida presentados en los informes anteriormente mencionados:\n\n- Cuadro 1: Cantidad, Participaci\u00f3n y Variaci\u00f3n de Declarantes ICA r\u00e9gimen simplificado (2013-2017): este cuadro presenta el resumen de la cantidad de contribuyentes registrados en el r\u00e9gimen simplificado, la participaci\u00f3n de los contribuyentes del r\u00e9gimen simplificado sobre el total de contribuyentes y la variaci\u00f3n de estos, a\u00f1o tras a\u00f1o durante la serie 2013-2017.\n\nAdicionalmente, se presentar\u00e1 un archivo en Excel que contendr\u00e1 la informaci\u00f3n sobre el c\u00e1lculo de los indicadores planteados con el fin de condensar la informaci\u00f3n de manera organizada.\n\nCuadro resumen indicadores del Registro de Contribuyentes del r\u00e9gimen simplificado.\n\n- Columna 1. Distribuci\u00f3n de contribuyentes del r\u00e9gimen simplificado por comuna.\n- Columna 2. Distribuci\u00f3n de contribuyentes del r\u00e9gimen simplificado por tipo de documento.\n- Columna 3. Distribuci\u00f3n de contribuyentes del r\u00e9gimen simplificado por C\u00f3digo CIIU.\n- Columna 4. Ingresos registrados por los contribuyentes del r\u00e9gimen simplificado \n- Columna 5. Distribuci\u00f3n de contribuyentes del r\u00e9gimen simplificado por c\u00f3digo ICA.\n- Columna 6. Distribuci\u00f3n porcentual de contribuyentes del r\u00e9gimen simplificado por comuna\n- Columna 7. Promedio de los  ingresos registrados por los contribuyentes del r\u00e9gimen simplificado.","analysis_info":{"data_appraisal":"AN\u00c1LISIS DE LOS RESULTADOS\n\n\na) AN\u00c1LISIS ESTAD\u00cdSTICO\n\nEl an\u00e1lisis estad\u00edstico es descriptivo, se recogen los datos, se organizan, analizan e interpretan para conocer el comportamiento del registro administrativo, esto con el fin de propiciar una toma de decisiones m\u00e1s eficaz. para este an\u00e1lisis se utilizan herramientas estad\u00edsticas como tablas de frecuencias, distribuciones de frecuencia, posiciones relativas de la media  y medidas de dispersi\u00f3n de los datos,  lo cual permite apoyar los procesos de planeaci\u00f3n tributaria y control administrativo.\n\nb) AN\u00c1LISIS DE CONTEXTO\n\nEste proceso se lleva a cabo mediante el diagn\u00f3stico del registro administrativo, parte del hist\u00f3rico del  comportamiento y\/o variaci\u00f3n de la cantidad de personas naturales inscritas al r\u00e9gimen simplificado. Los indicadores calculados permiten hacer un acercamiento de la din\u00e1mica en t\u00e9rminos de cantidad de contribuyentes inscritos por sectores econ\u00f3micos, comunas, entre otros aspectos se permite controlar que no haya un aumento significativo de inscritos dado que puede generarse un impacto fiscal en t\u00e9rminos de recaudo dado que algunos contribuyentes evaden el compromiso del Impuesto de Industria y Comercio ICA y por esto hacen su registro al r\u00e9gimen simplificado. \n\nse realiza un comparativo interregional con el fin de conocer el cumplimiento y los avances en t\u00e9rminos de la aplicaci\u00f3n sobre la normatividad establecida por el Estatuto Tributario Nacional.\n\nc) COMIT\u00c9S DE EXPERTOS\n\nLa Subdirectora de Impuestos y Rentas municipales, convoca mensualmente al o la jefe t\u00e9cnico de fiscalizaci\u00f3n, l\u00edderes de proceso de fiscalizaci\u00f3n y profesional encargado de la planeaci\u00f3n tributaria, con el fin de presentar los resultados obtenidos y analizar el comportamiento de los principales indicadores y evaluar los resultados del registro administrativo con el fin de accionar con medidas correctivas cuando haya lugar."}},"data_access":{"dataset_use":{"contact":[{"name":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","affiliation":"Alcald\u00eda de Santiago de Cali","email":"","uri":""}],"cit_req":"Se autoriza el uso de la informaci\u00f3n contenida en esta portal, siempre y cuando se haga la siguiente cita textual: \"Fuente: Alcald\u00eda de Santiago de Cali: https:\/\/planeacion.cali.gov.co\/amda\/index.php\/amda\". Queda en cambio prohibida la copia o reproducci\u00f3n de los datos en cualquier medio electr\u00f3nico (redes, bases de datos, cd rom, diskettes) que permita la disponibilidad de esta informaci\u00f3n a m\u00faltiples usuarios sin el previo visto bueno de la Alcald\u00eda de Santiago de Cali por medio escrito.","disclaimer":"Los datos e informaci\u00f3n en general que aparecen en el portal se han introducido siguiendo estrictos procedimientos de control de calidad. No obstante, el DAPM no se responsabiliza por el uso e interpretaci\u00f3n realizado por terceros."}}},"schematype":"survey"}