COLOMBIA - Monitoreo, Vigilancia y control del ruido en la zona urbana de la Ciudad de Santiago de Cali-2018
ID de Referencia | DAGMA-SGCA-SVCRSC-2018 |
Año | 2018 |
País | COLOMBIA |
ID de Referencia | DAGMA-SGCA-SVCRSC-2018 |
Productor(es) | Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente - Alcaldía de Santiago de Cali |
Patrocinador(es) | Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente - DAGMA - |
Colección(es) | |
Metadata | Documentación en PDF |
Creado el:
Jul 19, 2019
Última modificación Jul 19, 2019
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Información general
Identificación
DAGMA-SGCA-SVCRSC-2018 |
Información general
INTRODUCCIÓNEl registro del monitoreo vigilancia y control de ruido en la zona urbana del municipio de santiago de cali, es una operación estadística basada en registros administrativos, que captura la información sobre las emisiones de ruido en la zona urbana del Municipio de Santiago de Cali, por medio de las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias (PQRS), instauradas por la comunidad, acerca del ruido generado por establecimientos de comercio y las visitas de atención de quejas, inspección vigilancia y control en los diferentes establecimientos de comercio, para caracterizar el estado acústico de la ciudad.
La captura de la información de la operación estadística es muy importante, dado que debido al crecimiento vertiginoso del parque automotor en las principales ciudades de Colombia, el crecimiento desordenado por la falta de planificación urbana en los grandes centros poblados, entre otros factores, han contribuido al incremento de los niveles de ruido ambiental de manera significativa. La ubicación de fuentes sonoras cerca de cierto tipo de infraestructuras o en zonas inadecuadas ha ocasionado que se superen fácilmente los límites permisibles de ruido en determinados sectores, convirtiéndose en un factor de deterioro ambiental importante, con efectos negativos sobre la salud y el bienestar de la ciudadanía.
Los seres humanos estamos expuestos a niveles elevados de ruido y aunque la percepción auditiva es una sensación subjetiva, ya que se encuentra ligada a factores tanto fisiológicos como psicológicos de cada individuo, son múltiples los efectos que se han identificados sobre la salud humana, entendida según la Organización Mundial para la Salud – OMS (1946) como “Un estado de completo bienestar físico, mental y social, no la mera ausencia de enfermedad”. Esta Organización, en el documento “Guías para el Ruido Urbano”, publicado en el año 1999, describe los efectos adversos y específicos del ruido sobre la salud, entre los cuales se relacionan: deficiencia auditiva causada por el ruido; interferencia en la comunicación oral; trastorno del sueño y reposo; efectos psicofisiológicos, sobre la salud mental y el rendimiento; efectos sobre el comportamiento; e interferencia en actividades.
Santiago de Cali, es una ciudad con una evidente problemática de “Contaminación Acústica”, que se refleja en los altos niveles de ruido registrados para cada una de las 22 comunas que componen el área urbana de este municipio. En promedio 71 decibeles (db), de acuerdo con los resultados del mapa de ruido elaborado en el periodo 2010-2011 por el Departamento Administrativo de gestión de Medio Ambiente – DAGMA, superándose los estándares máximos permisibles establecidos en la Resolución 0627 de 2006, para el sector B “Tranquilidad y Ruido Moderado” al cual en una proporción aproximada de 70% corresponde la zona urbana de la Ciudad de Cali. La problemática también se hace evidente a través de las más de 1600 quejas por ruido que anualmente son presentadas por la comunidad caleña ante la Autoridad Ambiental del municipio, mediante las cuales solicitan se realice control y seguimiento a fuentes fijas generadoras de emisiones molestas durante las actividades comerciales o prestación del servicio.
Los componentes del presente documento son, en primer lugar, los antecedentes del registro administrativo haciendo un recorrido por la historia del mismo. En segundo lugar, se muestra la descripción del diseño de la operación estadística tanto en su parte metodológica como estadística, para finalmente, en la tercera parte del documento encontrar la documentación relacionada con el glosario, la bibliografía y los anexos.
ANTECEDENTES
Con la Resolución 0627 de 2006, la cual estableció la norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental, las autoridades municipales se vieron en la obligación de implementar instrumentos en las ciudades y municipios que cuenten con poblaciones mayores a 100.000 habitantes. De este modo, las Autoridades Ambientales Regionales y Urbanas del país como el DAGMA iniciaron la elaboración de los mapas de ruido y la formulación de los planes de descontaminación por ruido en los municipios prioritarios en su jurisdicción. Cuando inicia en el DAGMA los procedimientos sobre ruido solo se tenía un profesional para realizar los procedimientos del monitoreo del ruido, después se formó el grupo de impactos comunitarios, para finalmente en el 2017 llamarse institucionalmente Grupo de la Gestión de la Calidad Acústica como encargado de vigilar y controlar los niveles de ruido en la ciudad.
Desde el año 2016, se vienen realizando actuaciones para la acreditación del laboratorio en la matriz aire-ruido por parte del IDEAM, teniendo en cuenta el concepto del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible que afirma que las autoridades ambientales deben contar con dicha acreditación para el efectivo funcionamiento. En el año 2018 se acredita el laboratorio del DAGMA en la matriz Emisión de Ruido y Ruido Ambiental.
El Grupo de Gestión de la Calidad Acústica ha venido fortaleciendo sus actividades a través de equipos de medición de ruido como Estaciones de monitoreo de ruido ambiental y Unidad Móvil de Monitoreo de ruido, para incorporar la variable de ruido ambiental al sistema de vigilancia de la calidad del aire de Santiago de Cali, garantizando su operación, mantenimiento y asegurando su correcto funcionamiento, así como la cantidad y calidad de sus datos.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Recopilar información sobre las emisiones de ruido en la zona urbana del Municipio de Santiago de Cali para para caracterizar el estado acústico de la ciudad.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- Identificar los establecimientos de comercio y/o de servicio que generan incomodidad a la comunidad por posibles niveles de emisión de ruido superiores a los permitidos.
- Registrar la información de los operativos de Inspección, vigilancia y control de ruido a los establecimientos de comercio y/o de servicio en el área urbana de la ciudad.
Operación estadística basada en registros administrativos (adm)
Unidad de observación: la unidad de observación del registro son los establecimientos de comercio que se encuentran en la zona urbana del municipio de Santiago de Cali.
Unidad de análisis, La unidad de análisis del registro administrativo es la afectación ambiental al entorno por altos niveles de ruido ambiental, provocada por actividades de los establecimientos de comercio de la zona urbana del municipio de Santiago de Cali.
ámbito
MARCO DE REFERENCIAa) MARCO TEÓRICO
En la actualidad es difícil encontrar una población que no esté expuesta a ruido de carácter antrópico, el cual es el generado por fuentes operadas por el hombre, lo que conlleva a molestias y efectos en salud de las personas (IDEAM, 2017). De este modo, el ruido impacta en la salud, bienestar y calidad de vida, de forma variable, teniendo en cuenta la subjetividad del individuo afectado; el ruido puede ser considerado molesto para un individuo pero para otros no; por consiguiente se debe tener en cuenta factores como las características del receptor y del momento en el que se genera el ruido
El ruido se puede definir como un "sonido indeseado" o "sonido fuerte, desagradable o inesperado. Remitiendonos a la física el ruido se presentan ondas irregulares mientras que el sonido se propaga a través de ondas regulares (OMS,1995). Para medir el ruido se consideran la frecuencia del sonido, los niveles generales de presión sonora y la variación de esos niveles con el tiempo. La presión sonora es una medida básica de las vibraciones del aire que constituyen el sonido. Debido a que el rango de presión sonora que puede detectar el hombre es muy amplio, se mide en una escala logarítmica cuya unidad es el decibel (dB)
Existen diferentes tipos de instrumentos para la medición de los niveles de presión sonora, el más usado es el sonómetro, que permite determinar la intensidad del ruido y la forma en la que varía en un periodo de tiempo. De esta forma se puede deducir que la diferencia entre sonido y ruido, se presenta según la subjetividad de recepción sensorial auditiva del receptor, quien lo determina como agradable o desagradable, clasificando este último como ruido. Los sonómetros están compuestos por: micrófono, preamplificador, amplificador, ponderación de frecuencia, control de rango de nivel, promedio de tiempo e indicador o pantalla (IDEAM, 2017).
No es posible establecer una relación directa entre la presencia de enfermedades y el ruido, ya que estas son multi-causales (IDEAM, 2017). Factores como la edad, genéticos, el estado general de salud, entre otros; deben ser considerados en el análisis de exposición de ruido, para establecer un factor de atribución en la presentación de un evento en salud. Diversos estudios epidemiológicos realizados a nivel mundial, han destacado como posibles efectos a la salud ocasionados por la exposición a ruido, los siguientes (OMS, 1995):
EFECTOS AUDITIVOS: Pérdida de la audición incluyendo zumbido, interferencia en la comunicación, dolor y fatiga de la audición.
EFECTOS PSICOLÓGICOS Y SOCIALES: Molestia, bajo rendimiento escolar y laboral, trastornos del sueño y reposo, irritabilidad y depresión.
EFECTOS EXTRA AUDITIVOS:Enfermedades cardiovasculares, estrés y efectos hormonales, lesiones accidentales.
b) MARCO CONCEPTUAL
Los principales conceptos que nos ayudan a la comprensión del registro administrativo son los siguientes:
Sonido: Ondas de compresión longitudinal que se propagan en medios elásticos como el aire y son convertidas en ondas mecánicas en el oído humano para ser percibidas posteriormente por el cerebro (Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, 2006). De acuerdo con Vélez (2004) el rango de frecuencia de los sonidos audibles en personas jóvenes y que no presentan problemas de audición está entre 20 Hz y 20.000 Hz.
Ruido: El ruido es el contaminante más común y puede definirse como cualquier sonido que sea calificado por el receptor como algo molesto o desagradable (Redacción Ambientum, 2003). El ruido está integrado por dos componentes de igual importancia, una integrante puramente física (el sonido, magnitud física perfectamente definida) y otra integrante de carácter subjetivo que es la sensación de molestia (Observatorio de Salud y Medio Ambiente de Andalucía, 2010).
Ruido Ambiental: La Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo, indica que este tipo de ruido corresponde al sonido exterior no deseado o nocivo, que es originado por las dinámicas sociales, involucrando emisiones del tráfico vehicular, fuentes puntuales, como el sector empresarial e industrial, transporte aéreo, ferroviario e incluso las actividades de ocio, es decir se consideran todas aquellas emisiones que en su conjunto son generadas por la actividades humanas.
Emisión de Ruido: Es la presión sonora que generada en cualesquiera condiciones, trasciende al medio ambiente o al espacio público.
Ruido Residual: Ruido total cuando los ruidos específicos en consideración son suspendidos. El ruido residual es el ruido ambiental sin ruido específico. No debe confundirse con el ruido de fondo
c) MARCO LEGAL
En Colombia la problemática de ruido fue inicialmente reconocida como un agente de contaminación ambiental en 1974 con la expedición del Decreto 2811, plasmado en los Artículos 3°, 33° y 75°, así como en los 192° y 193°, en los que se introduce a este agente como un factor de importancia en la planificación urbana.
En 1979 se expide la Ley 9 con el objeto de dictar medidas sanitarias para la protección del medio ambiente, dictando las normas, procedimientos y medidas que servirán de base para su preservación, restauración y mejora. Sin embargo, la contaminación por ruido es regulada desde el punto de vista normativo a partir de 1983 con la estipulación de la Resolución 8321, emitida por el Ministerio de Salud, que establece las normas para la buena salud y la protección y conservación de la audición de las personas a causa de la producción de este contaminante. Además, las Corporaciones Autónomas Regionales (CARs), las Autoridades Ambientales y las de Desarrollo Sostenible han sido establecidas como responsables del control de emisiones contaminantes, entre las que se incluye el ruido mediante el Artículo 66° de la Ley 99 de 1993.
En 1995 el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial con el fin de establecer el marco de las acciones y mecanismos para la mejora y preservación de la calidad del aire promulga el Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.
La norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental constituida actualmente fue expedida en 2006 mediante la Resolución 627 por parte del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y establece los requerimientos para la medición de este contaminante y los estándares máximos permisibles de emisión de ruido y ruido ambiental en los diferentes sectores en el territorio nacional. Así mismo, en esta se contempla la realización, revisión y actualización de mapas de ruido en los municipios con poblaciones mayores a 100.000 habitantes como obligatoria.
Actualmente los procesos para realizar las mediciones y obtención de datos del ruido ambiental en el territorio colombiano están establecidos en las Normas Técnicas Colombianas (NTC), certificadas por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) (Casas García, Betancur Vargas, & Montaño Erazo, 2015). Estas son la NTC 3520, la cual describe el procedimiento para la determinación del nivel de presión sonora y las bases para la determinación del ruido ambiental, y NTC 3522, que define las cantidades básicas y procedimientos esenciales de evaluación en ambientes comunitarios, las cuales son transcritas de la ISO 1996.
Decreto 948 de 1995 /Decreto 1076 Del 2015: “Por el cual se establece el reglamento de protección y control de la calidad del aire” –“Decreto Reglamentario Único del Sector Ambiente”. Titulo 5 – Capitulo 1 – Sección de la 1 a la 8. Capítulos I “Contenido, objeto y definiciones”, II “Disposiciones generales sobre normas de calidad del aire, niveles de contaminación, emisiones contaminantes y de ruido” y V “De la generación y emisión de ruido”.
Resolución 0627 de 2006: Por medio de la cual se establece la norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental. Determina los límites máximos permisibles de emisión de ruido y ruido ambiental, los requisitos técnicos de los equipos para medición, la responsabilidad de las autoridades ambientales para la elaboración de mapas de ruido ambiental, la obligatoriedad de entregar los mapas de ruido ambiental al IDEAM, entre otros.
ISO 1996-2 Por medio de esta norma internacional se establecen los procedimientos de medición y evaluación del ruido ambiental.
Ley 99 de 1993. Por medio de la cual se crea el ministerio de medio ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el sistema nacional ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones. Artículo 5,Numeral 11.
Decreto 411.0.20.0530 de 2014: “Por el cual se conforma el Comité Municipal para la Prevención Manejo y Control de Emisión de Ruido en Santiago de Cali”
Acuerdo 0373 de 2014: Por medio del cual se adopta la revisión ordinaria de contenido de largo plazo del Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Santiago de Cali. Artículo 98. este es empleado para saber cual es el área de actividad del establecimiento de comercio, para conocer cuales son los niveles máximos permitidos para el sector.
Resolución No. 4133.010.21.1349 de 2018: “Por medio del cual se adopta el plan de mejora del ambiente sonoro del municipio de Santiago de Cali 2015-2019”.
d) REFERENTES INTERNACIONALES
La Organización Mundial de la Salud (OMS) desde 1980 ha abordado el problema del ruido urbano a nivel internacional, en 1999 publicó “Guías para el ruido urbano”, publicación que se convirtió en un referente para consolidar el conocimiento científico sobre las consecuencias del ruido urbano en la salud y orientar a las autoridades y profesionales de salud ambiental que tratan de proteger a la población de los efectos del ruido en ambientes no industriales. los aspectos más importantes de las guías son las opciones que presentan para la reducción del ruido, los modelos de predicción y evaluación del control en la fuente, las normas de emisión de ruidos para fuentes existentes y planificadas, la evaluación de la exposición al ruido y las pruebas de cumplimiento de la exposición al ruido con las normas de emisión.
e) REFERENTES NACIONALES
A nivel nacional, las acciones de seguimiento, prevención y control del ruido están a cargo de las Corporaciones Autónomas Regionales, de Desarrollo Sostenible y de las Autoridades Ambientales de los Grandes Centros Urbanos, quienes cuentan con dos tipos de instrumentos para evaluar, mitigar y reducir el ruido que producen las fuentes localizadas en su jurisdicción. En Colombia se cuenta con dos redes de ruido, una en Bogotá D.C y una en el Área Metropolitana del Valle del Aburrá. La red de ruido de Bogotá D.C, cuenta con cinco estaciones que permiten configurar los niveles de ruido permisibles, que en el momento de ser superados activan un dispositivo de grabación para reconocimiento de la fuente.
La Secretaria Distrital de Ambiente de Bogotá, cuenta con un sistema de monitoreo de ruido a las operaciones aéreas del Aeropuerto Internacional El Dorado, cuyo objetivo es evaluar y analizar los registros suministrados por la red de monitoreo de los niveles de ruido generados por el tráfico aéreo , con el fin de proporcionar información técnica que permita al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial establecer las herramientas de gestión necesarias para el cumplimiento de la normatividad ambiental de ruido.La red de ruido del Área Metropolitana del Valle del Aburrá cuenta con ocho estaciones de monitoreo que miden minuto a minuto las 24 horas del días los niveles de presión sonora en cinco municipios de su jurisdicción
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REFERENCIAS
IDEAM (2017) Boletín Ruido ambiental. Bogotá
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (1995). Guías para el ruido urbano. Ginebra: Universidad de Estocolmo.
UNIVERSIDAD DE MEDELLÍN ( 2007) . Diseño de la red de vigilancia de ruido para los municipios que conforman el Área Metropolitana del Valle de Aburrá, Convenio especial de cooperación no. 289 de 2006. Medellín, Universidad de Medellín
MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL (2006). Resolución 0627 del 7 de abril de 2006, Por la cual se establece la norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental. Bogotá.
Tema | Vocabulario | URI |
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MEDIO AMBIENTE [9] | CESSDA |
Cobertura
La cobertura geográfica es el Municipio de Santiago de Cali, específicamente el perímetro urbano, acorde con lo establecido en el artículo 227 del Decreto 516 de 2016, el cual establece que el DAGMA es la máxima autoridad ambiental dentro del perímetro urbano de Santiago de Cali.Debido a que el DAGMA ejerce funciones de máxima autoridad ambiental dentro del perímetro urbano de Santiago de Cali, la desagregación geográfica está compuesta de acuerdo a lo establecido en el Acuerdo 15 de agosto 11 de 1988 que estableció la sectorización del área urbana en 20 Comunas; el Acuerdo 10 de agosto 10 de 1998 crea la Comuna 21 y el Acuerdo 134 de agosto 10 de 2004 crea la Comuna 22.
El universo de estudio del registro está conformado por todos los establecimientos de comercio y/o de servicio que generan una PQR por ruido que se encuentran en el área urbana del municipio de Santiago de Cali.
Productores y Patrocinadores
Nombre | Dependencia |
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Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente | Alcaldía de Santiago de Cali |
Nombre | Dependencia | Rol |
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Jhon Jairo Toro Chavez | Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente | |
Daniel Tascón Palomino | Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente |
Nombre | Abreviación | Rol |
---|---|---|
Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente | DAGMA |
Producción del metadato
Nombre | Abreviación | Dependencia | Rol |
---|---|---|---|
Paola Andrea Silva Rozo | PASR | Departamento Administrativo de Planeación Municipal | Documentador |
Daniel Tascón Palomino | DTP | Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente | Elaboración del documento metodoógico |
COL-CALI-DAGMA-SGCA-MVCRSC-2018