{"doc_desc":{"title":"CALI-DAHM-SCPCR-2016","idno":"CALI-DAHM-SCPCR-2016","producers":[{"name":"Paola Andrea Silva Rozo","abbr":"PASR","affiliation":"Departamento Administrativo de Planeaci\u00f3n Municipal","role":"Documentador"},{"name":"Paola Gutierrez Mosquera","abbr":"PGM","affiliation":"Departamento Administrativo de Hacienda Miunicipal","role":"Validador"}],"prod_date":"2017-11-28","version_statement":{"version":"Versi\u00f3n 1 (Noviembre 28)"}},"study_desc":{"title_statement":{"idno":"DAHM-SFP-SCPCR-2016","title":"Seguimiento a convenios y\/o proyectos por cofinanciaci\u00f3n y regal\u00edas - 2016","alternate_title":"SCPCR","translated_title":"follow-up to co-funding and royalty projects and\/or agreements"},"authoring_entity":[{"name":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","affiliation":"Alcald\u00eda de Santiago de Cali"}],"production_statement":{"producers":[{"name":"Marlon Andr\u00e9s Cubillos Borrero","abbr":"MACB","affiliation":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","role":"L\u00edder del subproceso de cofinanciaci\u00f3n y regal\u00edas"},{"name":"Paola Andrea Gutierrez Mosquera","abbr":"PAGM","affiliation":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","role":"Financiero"},{"name":"Carolina Marmolejo Naranjo","abbr":"CMN","affiliation":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","role":"Financiero"},{"name":"Diana Marcela L\u00f3pez","abbr":"DML","affiliation":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","role":"Operativo"}],"funding_agencies":[{"name":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","abbr":"DAHM","role":""}]},"distribution_statement":{"contact":[{"name":"Marlon Andr\u00e9s Cubillos Borrero","affiliation":"Departamento Administrativo de Hacienda Miunicipal","email":"marlon.cubillos@cali.gov.co","uri":""}]},"series_statement":{"series_name":"Seguimiento","series_info":"ANTECEDENTES\n\nA continuaci\u00f3n se describe la evoluci\u00f3n de la Cofinanciaci\u00f3n y Regal\u00edas para financiar proyectos en colombia a partir del documento CONPES 2791.\n\na)  Cofinanciaci\u00f3n\n \nDesde 1976, se utilizaba el mecanismo de Cofinanciaci\u00f3n, por medio del Fondo de Desarrollo Rural Integrado (DRI), Fondo de Desarrollo Comunal y otros programas; con el Decreto 77 de 1987, reglamentario de la Ley 12 de 1986, se consolid\u00f3 normativamente la utilizaci\u00f3n de este instrumento financiero. \n\nEntidades como el Fondo Nacional de Caminos Vecinales, el Fondo Nacional Hospitalario, el Fondo de Desarrollo Rural Integrado, el Instituto Colombiano Agropecuario y el Instituto Colombiano de Reforma Agraria, el Fondo del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, el Plan Nacional de Rehabilitaci\u00f3n, el Fondo de Cofinanciaci\u00f3n de Acueductos de la Financiera de Desarrollo Territorial - Findeter, el Instituto Colombiano de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras - Himat, continuaron participando en la financiaci\u00f3n de obras departamentales y municipales con la concurrencia de las entidades territoriales, lo que gener\u00f3 duplicidad entre entidades cofinanciadoras, procedimientos y tr\u00e1mites, retardando la ejecuci\u00f3n de proyectos y el desembolso de recursos. \n \nCon la Ley 38 de 1989 (Ley Org\u00e1nica del Presupuesto), se centraliz\u00f3 la evaluaci\u00f3n de los proyectos en el Banco de Proyectos de Inversi\u00f3n (BPIN) del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n DNP y los Ministerios, lo cual increment\u00f3 el volumen de proyectos a evaluar generando retrasos en el desembolso de los recursos para estos.\n\nEn 1992 se constituy\u00f3 el Sistema Nacional de Cofinanciaci\u00f3n mediante el Decreto Ley 2132. El objetivo fue concentrar el tr\u00e1mite de todas las fuentes de cofinanciaci\u00f3n de los recursos apropiados en el presupuesto nacional en pocas entidades. El Sistema est\u00e1 conformado por los Fondos de Confinanciaci\u00f3n para la Inversi\u00f3n Social (FIS), resultado de la fusi\u00f3n del Fondo Nacional Hospitalario y el Fondo del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional; el Fondo de Cofinanciaci\u00f3n para la Inversi\u00f3n Rural (DRI); y el Fondo de Cofinanciaci\u00f3n para la Infraestructura Vial y Urbana, el cual asumi\u00f3 funciones del Fondo de Acueducto y Alcantarillado, del Fondo Vial y del Fondo Nacional de Caminos Vecinales. Posteriormente, la Ley 105 de 1993 dividi\u00f3 el Fondo de Infraestructura Vial y Urbana (FIU) en los Fondos de Cofinanciaci\u00f3n de V\u00edas y de Infraestructura Urbana, administrados por Findeter. \n\n \nb) Sistema General de Regalias \u2013 SGR\n\nComo Agencia Nacional de Hidrocarburos (s.f) muestra en sus revisi\u00f3n de antecedentes hist\u00f3ricos en el Programa de regionalizaci\u00f3n Sector Hidrocarburos, desde los inicios del siglo XX, cuando se inici\u00f3\u00b4 la explotaci\u00f3n de petr\u00f3leo en Colombia, la pol\u00edtica que ha regido a esta industria ha tenido diversos y profundos cambios, con el objeto de mantener una producci\u00f3n de petr\u00f3leo que abastezca el consumo nacional y se exportan los excedentes. La reversi\u00f3n al Estado colombiano de la Concesi\u00f3n de Mares, el 25 de agosto de 1951, dio origen a la Empresa Colombiana de Petr\u00f3leos, Ecopetrol. \n\nEn el a\u00f1o 2003, a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), se le asigno\u00b4 la misi\u00f3n de la administraci\u00f3n integral de las reservas de hidrocarburos de propiedad de la Naci\u00f3n, armonizando los intereses de la sociedad, el Estado y las empresas del sector. Para entonces, los recursos de regal\u00edas se distribu\u00edan de manera directa entre municipios y departamentos en los que exist\u00eda explotaci\u00f3n de recursos naturales no renovables (80%) y el Fondo Nacional de Regal\u00edas -FNR- (20%), como mecanismo de redistribuci\u00f3n.\n \nPara el a\u00f1o 2012, entra en vigencia el nuevo Sistema General de Regal\u00edas (SGR) que permite una distribuci\u00f3n m\u00e1s equitativa de los recursos, adem\u00e1s, fortalece la institucionalidad y beneficia a las comunidades a trav\u00e9s de la inversi\u00f3n social. Todos los recursos del SGR financian proyectos de inversi\u00f3n presentados por la entidades territoriales a los \u00d3rganos Colegiados de Administraci\u00f3n y Decisi\u00f3n OCAD, quienes son los encargados de definirlos, evaluarlos, viabilizarlos, priorizarlos, aprobarlos y designar el ejecutor de los mismos.\n \nEn el 2015, desde el Subproceso de Cofinanciaci\u00f3n y Regal\u00edas, se inici\u00f3 la recopilaci\u00f3n hist\u00f3rica desde el a\u00f1o 2011, de los proyectos que se desarrollaron por cofinanciaci\u00f3n y regal\u00edas en los diferentes Organismos de la Alcald\u00eda de Santiago de Cali."},"study_notes":"OBJETIVO GENERAL\n\nRecopilar informaci\u00f3n de convenios y\/o proyectos cofinanciados con recursos del orden nacional y otros entes nacionales, para hacer el seguimiento a los recursos utilizados por los diferentes organismos en la Administraci\u00f3n central del municipio de Santiago de Cali.\n\n\nOBJETIVOS ESPEC\u00cdFICOS\n\n- Consolidar la informaci\u00f3n de los organismos que realizaron convenios y\/o proyectos por cofinanciaci\u00f3n y regal\u00edas en la vigencia.\n\n- Identificar los sectores que han tenido prioridad en la firma de los convenios y\/o proyectos.\n\n- Calcular el aporte del municipio y el ente cofinanciante en cada uno de los convenios y\/o proyectos.","study_info":{"abstract":"El Departamento Administrativo de Hacienda Municipal DAHM,  tiene como prop\u00f3sito la administraci\u00f3n de los tributos municipales que no sean competencia de otro organismo, administrar las finanzas, orientar y garantizar el cumplimiento de la pol\u00edtica fiscal, tributaria y contable y gestionar los recursos necesarios para el cumplimiento del plan financiero y plan plurianual del plan de desarrollo vigente de acuerdo con los principios de econom\u00eda, eficiencia y eficacia.\n\nDentro de la nueva estructura administrativa de la Administraci\u00f3n municipal de Santiago de Cali, establecida a partir del Decreto Extraordinario No. 411.0.20.0516 de 2016, el seguimiento a proyectos y\/o convenios por cofinanciaci\u00f3n y regal\u00edas le corresponde al l Departamento Administrativo de Hacienda Municipal. En este orden de ideas, seg\u00fan el Art\u00edculo 71 del Decreto mencionado,la Secretar\u00eda tiene la siguiente funci\u00f3n:\n\n12. Realizar el seguimiento, manejo y control presupuestal de los proyectos sujetos de cofinanciaci\u00f3n presentados por los organismos de la Administraci\u00f3n Central.\n\nDe igual forma esta operaci\u00f3n estad\u00edstica se encuentra dentro del Modelo de Operaci\u00f3n por Procesos de la entidad, espec\u00edficamente en el Macroproceso: Gesti\u00f3n de Hacienda P\u00fablica - MAHP03, el Proceso: Gesti\u00f3n de Finanzas P\u00fablicas - C\u00f3digo MAHP03.06 y el Procedimiento: Seguimiento y control  de los recursos de cofinanciaci\u00f3n y del sistema general de regal\u00edas - C\u00f3digo MAHP03.06.04.18.P03. Este proceso tiene como objetivo \u201cAdministrar el recurso financiero necesario para que la Administraci\u00f3n Central Municipal cumpla con las competencias que le asigna la constituci\u00f3n de acuerdo con los principios de econom\u00eda, eficiencia y eficacia\u201d.\n\nEsta operaci\u00f3n estad\u00edstica contribuye al cumplimiento de la meta establecida en el Plan de Desarrollo Municipal 2016 - 2019, en su eje Cali participativa y bien gobernada, para el componente Gerencia p\u00fablica basada en resultados y la defensa de lo p\u00fablico, que incluye dentro de sus programas las Finanzas p\u00fablicas sostenibles: el cual busca garantizar el incremento de los ingresos tributarios por parte de los contribuyentes y la recuperaci\u00f3n de cartera, la ejecuci\u00f3n permanente y estrat\u00e9gica de programas de fiscalizaci\u00f3n y cobro (persuasivo - coactivo) de los tributos municipales; brindar asesor\u00eda y fortalecer las competencias en el tema presupuestal a los funcionarios p\u00fablicos del Municipio de Santiago de Cali.Todo lo anterior para realizar el seguimiento a los recursos de los convenios y\/o proyectos por cofinanciaci\u00f3n y regal\u00edas","coll_dates":[{"start":"2016-01-01","end":"2016-12-31","cycle":"Cont\u00ednuo"}],"nation":[{"name":"COLOMBIA","abbreviation":"COL"}],"geog_coverage":"Alcald\u00eda de Santiago de Cali","geog_unit":"Organismos de la Alcald\u00eda de Santiago de Cali","data_kind":"Datos agregados (agg)","notes":"MARCO DE REFERENCIA\n\nEl  Subproceso de Cofinanciaci\u00f3n y Regal\u00edas de la Alcald\u00eda de Santiago de Cali,  es ejecutado por un Grupo de apoyo de la Subdirecci\u00f3n de Finanzas P\u00fablicas del Departamento Administrativo de Hacienda Municipal, esta operaci\u00f3n estad\u00edstica se enfoca en el seguimiento de los convenios y\/o proyectos cofinanciados que ejecuta cada organismo de la Administraci\u00f3n municipal, generando as\u00ed la prestaci\u00f3n exitosa de servicios y mejorando la calidad de vida de los habitantes del municipio de Santiago de Cali. \t\n\na) MARCO TE\u00d3RICO\n\nLos proyectos y\/o convenios que se han cofinanciado en cada organismo con recursos de un municipio y contrapartida, se denomina cofinanciaci\u00f3n. Estos emplean los siguientes inversiones complementarias:\n\nRecursos Propios: Es el dinero con que cuenta cada Organismo, el cual le ha sido asignado en el presupuesto para la ejecuci\u00f3n de proyectos y\/o convenios en el municipio.\n\nTransferencias: Es el recurso que una entidad le ha asignado al municipio para que este ejecute un proyecto y\/o convenio.\n\nContrapartida: Es el recurso f\u00edsico, monetario, muebles y enseres, de recurso humano que puede colocar la otra parte con quien se realiza el proyecto y\/o convenio para ejecutarlo.\n\nLos proyectos que son financiados en su totalidad por el Sistema General de Regal\u00edas (SGR) utilizan los siguientes fondos:\n\nFondo de Ciencias Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n - FCTeI: Es el encargado de incrementar la capacidad cient\u00edfica, tecnol\u00f3gica, de innovaci\u00f3n y de competitividad de las regiones, mediante proyectos que contribuyan a la producci\u00f3n, uso, integraci\u00f3n y apropiaci\u00f3n del conocimiento en el aparato productivo, incluidos proyectos relacionados con biotecnolog\u00eda y tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones. (Colciencias, s.f)\n\nAsignaciones Directas: Es la financiaci\u00f3n o cofinanciaci\u00f3n de proyectos de inversi\u00f3n para el desarrollo social, econ\u00f3mico y ambiental de las entidades territoriales, sujet\u00e1ndose al r\u00e9gimen de competencias vigentes. \n\nFondo de Desarrollo Regional: Es el encargado de mejorar la competitividad de la econom\u00eda, as\u00ed como promover el desarrollo social, econ\u00f3mico, institucional y ambiental de las entidades territoriales, mediante la financiaci\u00f3n de proyectos de inversi\u00f3n y de impacto regional. \n\nFondo de Compensaci\u00f3n Regional 40% y 60%: Es el encargado de financiar los proyectos de impacto regional o local de las entidades m\u00e1s pobres del pa\u00eds, acordados entre el Gobierno Nacional y las entidades territoriales.\n\nb)  MARCO CONCEPTUAL\n\nA continuaci\u00f3n se enuncian los principales conceptos en el proceso de seguimiento a proyectos y convenios por cofinanciaci\u00f3n y regal\u00edas.\n\nRegal\u00edas: Contraprestaci\u00f3n econ\u00f3mica que recibe el Estado por la explotaci\u00f3n de un recurso natural no renovable cuya producci\u00f3n se extingue por el transcurso del tiempo. Las regal\u00edas son un beneficio econ\u00f3mico importante para el Estado y sus entidades territoriales. (Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, 2007,p11). \n\nTipo de Regal\u00edas: \n\nDirectas. Son aquellas asignadas a las entidades territoriales en cuya jurisdicci\u00f3n se explotan recursos naturales no renovables, as\u00ed como los puertos mar\u00edtimos y fluviales por donde se transportan los recursos explotados o sus productos derivados. (Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, 2007,p12)\n\nIndirectas. Son aquellas no asignadas directamente a los departamentos y municipios productores, as\u00ed como a los municipios portuarios, mar\u00edtimos o fluviales por donde se transportan los recursos explotados o sus productos derivados, cuya administraci\u00f3n corresponde al Fondo Nacional de Regal\u00edas. Sus recursos se destinan a la promoci\u00f3n de la miner\u00eda, medio ambiente, y a financiar proyectos regionales de inversi\u00f3n definidos como prioritarios en los planes de desarrollo.(Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, 2007,p12)\n\nCDP: Certificado de Disponibilidad Presupuestal, el cual es un documento de gesti\u00f3n financiera y presupuestal que permite dar certeza sobre la existencia de una apropiaci\u00f3n disponible y libre de afectaci\u00f3n para la ejecuci\u00f3n del gasto.\n \nC\u00f3digo POSPRE: Posiciones Presupuestarias, hace parte del CDP, el cual ayuda a identificar el ingreso y el gasto, para dar cumplimiento de cada proyecto o gasto de funcionamiento que se va a ejecutar\n\nEntidad Territorial: Personas jur\u00eddicas, de derecho p\u00fablico, que componen la divisi\u00f3n pol\u00edtico-administrativa del Estado, gozando de autonom\u00eda en la gesti\u00f3n de sus intereses. Son entidades territoriales los departamentos, municipios, distritos y los territorios ind\u00edgenas y eventualmente, las regiones y provincias. Bar\u00f3n, Carolina. (2007).\n \nRPC: Registro Presupuestal Contable, en se encuentra un resumen del CDP, C\u00f3digo POSPRE y la programaci\u00f3n de los pagos.\n \nc) MARCO LEGAL\n\nA continuaci\u00f3n se describe el marco normativo asociado a la cofinanciaci\u00f3n y las regal\u00edas.\n\nCofinanciaci\u00f3n:\n\nDecreto ley 2132, 2133 de 1992: Mediante el cual se estableci\u00f3 el Sistema Nacional de Cofinanciaci\u00f3n, comenz\u00f3 a operar a partir de 1994.\n \nAcuerdo 032 de 1998: El Concejo Municipal otorg\u00f3 facultades extraordinarias al Alcalde de Santiago de Cali para reestructurar administrativamente al Departamento Administrativo de Hacienda Municipal.\n \nConstituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia, Art. 2: Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constituci\u00f3n; facilitar la participaci\u00f3n de todos en las decisiones que los afectan y en la vida econ\u00f3mica, pol\u00edtica, administrativa y cultural de la Naci\u00f3n; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pac\u00edfica y la vigencia de un orden justo.\n\nConstituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia, Art. Transitorio 20: El Gobierno Nacional, durante el t\u00e9rmino de dieciocho meses contados a partir de la entrada en vigencia de esta Constituci\u00f3n y teniendo en cuenta la evaluaci\u00f3n y recomendaciones de una Comisi\u00f3n conformada por tres expertos en Administraci\u00f3n P\u00fablica o Derecho Administrativo designados por el Consejo de Estado; tres miembros designados por el Gobierno Nacional y uno en representaci\u00f3n de la Federaci\u00f3n Colombiana de Municipios, suprimir\u00e1, fusionar\u00e1 o reestructurar\u00e1 las entidades de la rama ejecutiva, los establecimientos p\u00fablicos, las empresas industriales y comerciales y las sociedades de econom\u00eda mixta del orden nacional, con el fin de ponerlas en consonancia con los mandatos de la presente reforma constitucional y, en especial, con la redistribuci\u00f3n de competencias y recursos que ella establece.\n\n\nSistema General de Regal\u00edas:\n\n- Acto Legislativo de 2011 (Julio 18): Por el cual se constituye el SGR, se modifican los art\u00edculos 360 y 361 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones.\n\n- Ley 1530 de 2012 (mayo 17): Por el cual se regula la organizaci\u00f3n y el funcionamiento del SGR.\n\n- Decreto 1949 de 2012 (septiembre 19): Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1530 de 2012 en materia presupuestal y se dictan otras disposiciones.\n\n- Ley 1606 de 2012 (diciembre 21): Por el cual se decreta el SGR para  el Bienio del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2014.\n\t\n- Ley 1744 de 2014: Por medio del cual se fija el presupuesto del bienio 2015-2016.\n\n- Decreto 1082 de 2015: Por medio del cual se expide el decreto \u00fanico reglamentario del sector administrativo de planeaci\u00f3n nacional.\n\n- Acuerdo 0038 de 2016 (junio 07): Por el cual se establecen los requisitos generales y sectoriales, para la viabilizaci\u00f3n y previos al inicio de la ejecuci\u00f3n, para proyectos de inversi\u00f3n susceptibles de ser financiados con recursos del SGR, se fijan los requisitos para la financiaci\u00f3n de los compromisos adquiridos a 31 de diciembre de 2011 y se dictan otras disposiciones.\n\n- Decreto 1634 de 2017 (octubre 05): Por el cual se ajusta el presupuesto bienal 2017-2018 del SGR.\n \n- Decreto 1534 de 2017 (septiembre 15): Por el cual se reglamenta el funcionamiento del \u00d3rgano Colegiado de Administraci\u00f3n y Decisi\u00f3n -OCAD PAZ y la Asignaci\u00f3n para la Paz.\n\n- Acuerdo 45 de 2017 (Noviembre 14): Por medio del cual se expide el Acuerdo \u00danico del Sistema General de Regal\u00edas (SGR), y se dictan otras disposiciones. \n\nd) REFERENTES INTERNACIONALES\n\nA partir del documento Regal\u00edas mineras en el mundo: Realidades Diferentes (Mining Press, 2009), se identific\u00f3 c\u00f3mo se cobran las regal\u00edas a nivel mundial.  Por ejemplo en Argentina se cobra sobre el valor boca mina, es decir, cuando al precio de venta del mineral se le descuentan los costos de producci\u00f3n. Bolivia cobra sobre el valor bruto de venta del mineral, es decir, el monto de comercializaci\u00f3n sin ninguna deducci\u00f3n. Per\u00fa y Chile cobran sobre el valor neto de venta, es decir, que al precio de comercializaci\u00f3n se le deducen algunos costos, como impuestos indirectos, transporte, tratamiento, seguros, etc. Venezuela es el \u00fanico que usa un sistema mixto. \n\nEn Australia, en donde cada Estado tiene su propio mecanismo para percibir regal\u00edas mineras, hay casos en que cobran por el valor boca-mina, otros por el valor bruto de venta y algunos son un sistema mixto. En Australia Occidental, se rigen por el valor de venta, en Australia del Sur, la base imponible es el valor boca-mina. Sud\u00e1frica es el \u00fanico que no cobra regal\u00edas, a pesar de ser uno de los principales productores mineros del mundo.\n\nSin embargo, no se logr\u00f3 identificar un estudio preciso, donde se identificara en cada pa\u00eds como realizan el seguimiento a los convenios y\/o proyectos internamente en cada ciudad o estado, solo se encontr\u00f3 informaci\u00f3n de c\u00f3mo se reparten las regal\u00edas en los pa\u00edses.\n\ne) REFERENTES NACIONALES\n\nComo describe Cabrera S., Carlos A. (2012), en el documento Naturaleza Jur\u00eddica de las regal\u00edas y reforma al \"El Sistema General de Regal\u00edas\", en Colombia, el porcentaje de la producci\u00f3n bruta que deben pagar los explotadores, en dinero  o en especie,  depende del tipo de recurso natural no renovable y en algunos  casos (hidrocarburos y carb\u00f3n) del nivel de producci\u00f3n. Las regal\u00edas se originan al momento en que se extrae el recurso natural no renovable, es decir, en boca de pozo, en boca de mina y en borde de mina. Los porcentajes establecidos en la ley  vigente  se detallan en la Tabla 1.\n\nLos recursos se distribuir\u00e1n en todos los departamentos del pa\u00eds a trav\u00e9s del Fondo de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n - FCTI, Fondo de Desarrollo Regional - FDR y Fondo de Compensaci\u00f3n Regional - FCR. Adicionalmente se ahorrar\u00e1 a trav\u00e9s del Fondo de Ahorro y Estabilizaci\u00f3n - FAE y del Fondo de Ahorro Pensional Territorial - Fonpet.\n\nTodos los recursos del SGR financiar\u00e1n proyectos de inversi\u00f3n presentados por la entidades territoriales a los \u00d3rganos Colegiados de Administraci\u00f3n y Decisi\u00f3n - OCAD, quienes ser\u00e1n los encargados de definirlos, evaluarlos, viabilizarlos, priorizarlos, aprobarlos y designar el ejecutor de los mismos.\n\nPor mandato Constitucional, se cre\u00f3 el Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluaci\u00f3n - SMSCE, que es administrado por el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n DNP y se desarrolla de manera selectiva, con \u00e9nfasis en acciones preventivas. La interventor\u00eda que se realice a los proyectos financiados con estos recursos, se ajustar\u00e1 a lo dispuesto por el Estatuto Anticorrupci\u00f3n.\n\nEn la b\u00fasqueda de alianzas entre la Alcald\u00eda del Municipio de Santiago de Cali y otras alcald\u00edas, y de convenios con otras entidades, en el Subproceso de Cofinanciaci\u00f3n y Regal\u00edas, se encuentra que las oficinas de planeaci\u00f3n de cada alcald\u00eda, son las encargadas del seguimiento a convenios y\/o proyectos cofinanciados con recursos del orden nacional y otros entes.\n\n\nREFERENCIAS\n\nColciencias (s.f). Regal\u00edas. Bogot\u00e1. Recuperado de: http:\/\/www.colciencias.gov.co\/node\/1086\nDepartamento Nacional de Planeaci\u00f3n (2007). Direcci\u00f3n de Regal\u00edas. Actualizaci\u00f3n de la cartilla: \"Las Regal\u00edas en Colombia\". Direcci\u00f3n de Regal\u00edas. Bogot\u00e1 D.C.\nCabrera S., Carlos A. (2012). NATURALEZA JUR\u00cdDICA DE LAS REGAL\u00cdAS Y REFORMA AL\"EL SISTEMA GENERAL DE REGAL\u00cdAS\". . Bogot\u00e1. Recuperado de: http:\/\/www.presupuestospublicos.com.co\/admin\/pdf\/regaliasnuevo.pdf"},"method":{"data_collection":{"sources":[{"name":"La fuente de informaci\u00f3n son los diferentes organismos de la Alcald\u00eda, a los cuales se les solicita informaci\u00f3n sobre los proyectos y\/o convenios que se han gestionado desde su Organismo en el per\u00edodo. En el caso que el Organismo tenga una respuesta positiva debe enviarnos copia del Convenio y diligenciar un cuadro con la siguiente informaci\u00f3n: Informaci\u00f3n del proyecto (Nombre, N\u00famero de convenio o acuerdo C\u00f3digo de ente nacional - BPIN, BP proyectos municipio, organismo, vigencias fiscales, resoluci\u00f3n, objeto del convenio, clase de convenio, entidades cofinanciantes, entre otros),  Informaci\u00f3n de la cuenta bancaria (banco, clase de cuenta, n\u00famero de cuenta, valor total, estado de la cuenta bancaria) y detalle total de las asignaciones de los recursos (vigencia, aportes del municipio, aporte del ente cofinanciante y valor total del proyecto).","origin":"","characteristics":""}]},"method_notes":"A partir de la informaci\u00f3n consolidada y validada se procede a realizar el c\u00e1lculo de estad\u00edsticas descriptivas mediante los indicadores previamente definidos:\n\nCantidad de proyectos y\/o convenios por vigencia.\nPorcentaje de sectores de proyectos y\/o convenios.\nCantidad de proyectos y\/o convenios presentados en cada dependencia.\nPorcentaje de aportes de la dependencia y del ente cofinanciante.\n\nA partir de los resultados obtenidos al desarrollar la operaci\u00f3n estad\u00edstica, se generan gr\u00e1ficos de pastel y tablas de resumen que son publicados mediante un informe de gesti\u00f3n anual vencido en la p\u00e1gina web de la Alcald\u00eda municipal.","analysis_info":{"data_appraisal":"VALIDACI\u00d3N DE LAS FUENTES\n\nCuando se recopila la informaci\u00f3n anterior, se solicita que anexen copia del Convenio firmado o documento donde se pueda verificar lo que han diligenciado en la ficha, y as\u00ed validar con el sistema contable SAP con el objetivo de certificar que la informaci\u00f3n suministrada por cada Organismo es leg\u00edtima y verdadera.Con lo anterior se realiza un control de calidad, que sea exacto y se logre la consolidaci\u00f3n de la ficha de una manera exacta."}},"data_access":{"dataset_use":{"contact":[{"name":"Departamento Administrativo de Hacienda Municipal","affiliation":"Alcald\u00eda de Santiago de Cali","email":"","uri":"http:\/\/www.cali.gov.co\/hacienda\/"}]}}},"schematype":"survey"}