COLOMBIA - Excedente transitorio de liquidez-2018
ID de Referencia | DAHM-STM-ETL-2018 |
Año | 2018 |
País | COLOMBIA |
ID de Referencia | DAHM-STM-ETL-2018 |
Productor(es) | Departamento Administrativo de Hacienda Municipal - Alcaldía de Santiago de Cali |
Metadata | Documentación en PDF |
Creado el:
Sep 09, 2019
Última modificación Sep 09, 2019
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Información general
Identificación
DAHM-STM-ETL-2018 |
Información general
INTRODUCCIÓNLa presente operación estadística está enmarcada en el Decreto 1068 de 2015 y consiste en el procesamiento de la información de los excedentes transitorios de liquidez, provenientes de los recursos municipales colocados en los establecimientos del sistema bancario.
La finalidad de recopilar la información de esta operación estadística se orienta estandarizar el procesamiento, validación y protección de un conjunto de datos presupuestales de clara importancia para el Municipio de Cali. De acuerdo al artículo 73 del Decreto 0516 de 2016, esta operación está asociada a las funciones de la Subdirección de Tesorería Municipal, en el sentido de la realización del recaudo, pagos e inversiones de excedentes de liquidez y demás operaciones.
Con la información generada desde esta operación estadística, el Departamento Administrativo de Hacienda Municipal monitorea de manera efectiva el comportamiento de las finanzas públicas.
Finalmente, el documento contiene una estructura que se divide en tres grandes grupos: en primer lugar, una parte dedicada a los antecedentes históricos de la operación estadística, donde se subraya la forma en la cual ésta operación estadística fue configurada y la coyuntura histórica que forzó su aparición. El segundo grupo corresponde al diseño de la operación y agrupa todos las actividades y procesos metodológicos y estadísticos que permiten la producción de información agregada, como también su difusión entre público interesado. Por último, se destaca un tercer grupo donde se relacionan todos los materiales relacionados con los cuales se desarrolló este documento metodológico.
ANTECEDENTES
A partir del año 2010, el Municipio de Cali en cabeza del Departamento Administrativo de Hacienda Municipal, se planteó la necesidad de conocer el estado de los excedentes transitorios de liquidez y su distribución detallada en los diferentes establecimientos bancarios, el tipo de cuentas, monto, tasa de interés y calificaciones de riesgo de los mismos. Dicha información facilita la toma de decisiones de inversión por parte de la Subdirección de Tesorería Municipal.
A partir de localizar dicha necesidad, la Subdirección de Tesorería Municipal designó el subproceso de administración financiera, como el generador de dicha información. Inicialmente, la generación del informe era de periodicidad mensual, luego quincenal y actualmente es semanal.
Actualmente, el proceso de generación de esta información se efectúa de manera virtual, con base en la información suministrada por los establecimientos bancarios y luego de ser procesada, se elabora un informe que se remite a la Subdirección de Tesorería Municipal.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Evaluar la diversificación de los excedentes transitorios de liquidez del Municipio de Santiago de Cali, en el marco de los principios de rentabilidad, seguridad, liquidez y condiciones de mercado, consagrados en el Decreto 1525 de 2008.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- Recolectar la información de los saldos de cuenta bancaria de los establecimientos bancarios, en los cuales el municipio tiene productos financieros.
- Analizar la oferta de tasas de interés, ofrecida por los diferentes establecimientos bancarios.
- Elaborar el informe de excedentes transitorios de liquidez.
Datos agregados (agg)
ámbito
MARCO DE REFERENCIAa) MARCO TEÓRICO
De acuerdo al Ministerio de Hacienda y Crédito Público (2011):
El presupuesto público es una de las herramientas fundamentales para la ejecución de la política económica por parte del Estado. Es el instrumento mediante el cual ejerce su función de financiador o proveedor directo de bienes y servicios (p.16).
En este sentido, el Estado a través de la acción presupuestaria impacta la provisión de bienes sociales mediante la asignación del gasto público, la reducción de la desigualdad social a partir de la distribución del mismo, como también el crecimiento económico general.
Teniendo en cuenta las competencias constitucionales y legales que se le han sido asignadas, el Estado colombiano cuenta con sistema presupuestal dirigido a organizar la información financiera pública. Dicho sistema está conformado por:
- Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP).
- Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI)
- Presupuesto Anual de la Nación.
Adicionalmente, el presupuesto cumple un papel destacado en el diseño de la política económica, en la medida en que su cuantía, composición y estructura de financiamiento son importantes en el balance macroeconómico, en el sentido en el cual el incremento de los recursos presupuestarios debe ser consistentes con el crecimiento de la economía.
En conclusión, el sistema presupuestal del Estado se constituye en la matriz de ingresos y procesos que soportan su funcionamiento y proporcionan la información necesaria frente a las condiciones con las cuales cuenta el Estado para la provisión de bienes y servicios, como quiera que esto impacta el balance macroeconómico del país.
b) MARCO CONCEPTUAL
- Excedente de liquidez De conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Decreto 1525 de 2008[1],”… se entiende por excedentes de liquidez todos aquellos recursos que de manera inmediata no se destinen al desarrollo de las actividades que constituyen el objeto de las entidades”.
- Liquidez Es la capacidad que tiene una entidad para obtener dinero en efectivo y así hacer frente a sus obligaciones a corto plazo.
- Calificación de Riesgo Es una opinión profesional, fundada e independiente, sobre la capacidad de una Institución Financiera, de una Compañía de Seguros, de un emisor o una contraparte, de cumplir con sus obligaciones contractuales.
- Calificadoras de Riesgo Las sociedades calificadoras de riesgo (SCR) son sociedades anónimas formadas por especialistas que dan una opinión técnica independiente sobre la capacidad de repago en tiempo y forma (es decir, en las condiciones pactadas) de los distintos valores negociables (obligaciones negociables y/u otros títulos de deuda) colocados y negociados en los mercados.
- Solidez financiera Confronta los grados de liquidez de los activos contra los niveles de elegibilidad de las fuentes de financiamiento.
- Depósito a Término Fijo (DTF) La DTF es la tasa de interés que en promedio se comprometieron a pagar a los ahorradores los bancos, las corporaciones de ahorro y vivienda, las corporaciones financieras y las compañías de financiamiento comercial por los certificados de depósito a término (CDT) con plazo de 90 días abiertos durante la última semana.
- Tasa de Intervención Política del Banco de la República (TIBR) Es el principal mecanismo de intervención de política monetaria usado por el Banco de la República para afectar la cantidad de dinero que circula en la economía, consiste en modificar la tasa de interés mínima que cobra a las entidades financieras por los préstamos que les hace, o la tasa de interés máxima que paga por recibirles dinero sobrante.
- Recursos de Libre Destinación Los ingresos corrientes de libre destinación son una clasificación operativa de las rentas fiscales en las entidades territoriales, prevista en la Ley 617 de 2000, con la cual se estableció un referente para ajustar los niveles de gasto de los departamentos, distritos y municipios, a fin de que no superaran los ingresos disponibles para su pago, reconociendo las inflexibilidades creadas por las rentas de destinación específica y la aleatoriedad de los recursos de capital.
Recursos de Destinación Específica Consisten en la técnica presupuestal de asignar una determinada renta recibida por una carga impositiva para la financiación de una actividad gubernamental previamente establecida en la ley de presupuesto.
c) MARCO LEGAL
Decreto 1525 de 2008 Este acto administrativo expide normas relacionadas con la inversión de los excedentes de liquidez por parte de los establecimientos públicos y de las entidades estatales del orden nacional, a las cuales se les apliquen las disposiciones de orden presupuestal de aquellos, así como por parte de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado del orden nacional y las Sociedades de Economía Mixta con régimen de Empresas Industriales y Comerciales del Estado, dedicadas a actividades no financieras y asimiladas a éstas, las Sociedades de Economía Mixta o participación directa o indirecta del Estado inferior al 90% de su capital, de las empresas de servicios públicos domiciliarios mixtas del orden nacional, la Comisión Nacional de Televisión, las Corporaciones Autónomas Regionales y los entes universitarios autónomos, las entidades territoriales y las entidades descentralizadas del orden territorial con participación pública superior al cincuenta por ciento. Dicta disposiciones sobre la inversión de los excedentes de liquidez en moneda extranjera de las entidades estatales del orden nacional y territorial, considerando por excedentes de liquidez todos aquellos recursos que de manera inmediata no se destinen al desarrollo de las actividades que constituyen el objeto de las entidades a que se refieren los capítulos II, III, y IV del presente decreto.
d) REFERENTES INTERNACIONALES
En el ámbito internacional, el Banco Interamericano de Desarrollo y el Fondo Monetario Internacional en su trabajo Gestión financiera pública en América Latina: La clave de la eficiencia y la transparencia (2015), expone un conjunto de recomendaciones para el fortalecimiento de los sistemas de Gestión Financiera Pública en la región. Teniendo en cuenta la necesidad de los países de América Latina de lograr la sostenibilidad y transparencia fiscal (p. 13), el texto se orienta a exponer las lecciones y enseñanzas, producto de los procesos de fortalecimiento de las instituciones mediante “la actualización de y mejora de los marcos regulatorios; la racionalización de los procedimientos y la implementación de modelos más sofisticados, así como tecnologías de la información y comunicación (TIC)” (p. 13).
Las recomendaciones consignadas en este texto abarcan los siguientes temas (p. 11):
- Cuentas únicas del tesoro.
- Sistemas integrados de administración financiera.
- Contabilidad gubernamental.
- Gestión de deuda y tesorería.
- Contratación pública.
- Contabilidad de costos.
En cada capítulo hay señalada una experiencia del BID y el FMI, en el marco de incrementar la eficacia operativa y un mejor desempeño de las políticas públicas en los países de la región.
e) REFERENTES NACIONALES
A nivel nacional, el decreto 1525 de 2008 en su artículo 55, establece que los excedentes de liquidez a todos aquellos recursos que de manera inmediata no se destinen al desarrollo de las actividades que constituyen el objeto de las entidades a que se refieren los mencionados capítulos. Este decreto del nivel nacional, dicta las normas relacionadas con la inversión de recursos de las entidades del orden nacional y territorial. Por lo tanto, determina la forma en la cual debe manejar este tipo de recurso, bajo principios de rentabilidad, seguridad, liquidez y condiciones de mercado.
Por otro lado, el Departamento Nacional de Planeación, publicó el texto Técnicas para el análisis de la gestión financiera de las entidades territoriales (2008). En este manual, el propósito de la entidad es el de “contribuir con herramientas para el proceso adecuado de planificación financiera de las entidades territoriales”. (p.7), mediante la presentación de un conjunto de técnicas de análisis y gestión financiera territorial para “que se planifique el fortalecimiento fiscal de sus entidades en aras de consolidar el proceso de descentralización fiscal con entes locales viables y sostenibles en el largo plazo (p. 7). Dicho texto desarrolla la siguiente temática:
- Diagnóstico fiscal territorial.
- Metodología para el análisis coyuntural de finanzas territoriales.
- Análisis financiero.
- Capacidad de endeudamiento.
- Viabilidad fiscal.
- Marco fiscal de mediano plazo.
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REFERENCIAS
Contraloría General de la República (2014), Metodología oficial de cálculo: Ingresos Corrientes de Libre Destinación (ICLD) e indicadores de gasto para entidades territoriales, 96 p.
Ministerio de Educación Nacional (2016), Guía para la administración de recursos financieros del sector educativo, 66 p.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público (2001), Aspectos generales del presupuesto general colombiano, 520 p.
Municipio de Cali (2016), Plan de Desarrollo Municipal 2016-219 Cali Progresa Contigo, 267 p.
Tema | Vocabulario | URI |
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ECONOMÍA [1] | CESSDA |
Cobertura
Alcaldía de Santiago de CaliAlcaldía de Santiago de Cali
Recursos financieros que se encuentran transitoriamente en los diversos establecimientos bancarios de la entidad
Productores y Patrocinadores
Nombre | Dependencia |
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Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | Alcaldía de Santiago de Cali |
Nombre | Dependencia | Rol |
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Jorge Horacio Zuluaga | Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | |
Alexandra Franco Hernández | Departamento Administrativo de Hacienda Municipal |
Producción del metadato
Nombre | Abreviación | Dependencia | Rol |
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Paola Andrea Silva Rozo | PASR | ETL | Documentador |
Alexandra Franco Henandez | AFH | Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | Elaboración de documento metodológico |
Christian Camilo Medina | CCM | Departamento Administrativo de Hacienda Municipal | Elaboración de documento metodológico |
COL-CALI-DAHM-ETL-2018